Registro de Importadores y Exportadores (RIE)
Los importadores y exportadores no deberán registrarse ante el Senasa. Según la Resolución 76/2019 integramos los datos con Aduana. Consultá el Servicio.
El Registro de Importadores y Exportadores (RIE) del Senasa inscribe a las personas físicas o jurídicas que operen comercialmente como importadores y/o exportadores de acuerdo al artículo 27 del Decreto 4238/68. La Resolución 492/2001 establece la creación del registro, sus requisitos y alcances.
Todo operador comercial de agroalimentos que se dedique a la importación y exportación debe estar inscripto en el RIE.
Inscripción como importador y/o exportador
Acceda a los formularios de inscripción al RIE. Las personas físicas o jurídicas que no estén registradas y requieran hacerlo, pueden iniciar el proceso de registro por autogestión a través de la aplicación “Registro de Importadores - Exportadores” del Sigica.
Instructivo para la inscripción
Reinscripción en el registro de operadores comerciales
La inscripción en el RIE tiene vigencia por el plazo de un año a partir del momento de alta en el registro. Aquellas personas físicas o jurídicas que en virtud de su actividad comercial requieran validarlo por otro año, deberán reinscribirse a través a través de la aplicación “Registro de Importadores - Exportadores” del Sigica mediante la presentación online del formulario.
Instructivo para la reinscripción
Sistema de Registro de Importadores y Exportadores (Sigica)
El Sigica permite el control de los distintos niveles de la información sanitaria sobre ingresos y faena de animales, inspección y certificación de todo producto apto para el consumo humano.
Se puede obtener a través de la aplicación “Registro de Importadores - Exportadores” del Sigica el cupón para el pago, a realizar mediante la utilización de los sistemas electrónicos como a través de interbanking o débito automático.
Para mayor información:
Correo electrónico: [email protected]
(+54 - 11) 5222 - 5963 / 5971
De lunes a viernes de 9 a 17 horas
Preguntas frecuentes
A) ¿Quiénes deben inscribirse en el RIE?
Todo operador comercial que, como persona física o jurídica, desee exportar y/o importar animales, vegetales, material de reproducción y/o propagación, productos, subproductos y/o derivados de origen animal o vegetal o mercaderías que contengan entre sus componentes ingredientes de origen animal y/o vegetal, sujetos a la competencia de Senasa, deberá inscribirse en el Registro de Importadores y Exportadores (RIE).
B) ¿Cuánto demora el trámite de inscripción o reinscripción?
El trámite de inscripción demora de 1 a 4 días hábiles a partir de la presentación de la totalidad de la documentación requerida (y de no existir errores). Las reinscripciones tardan 4 días hábiles a partir de su correcta presentación.
C) ¿Cuál es su vigencia?
El Registro posee 1 (un) año de validez a partir de la fecha de alta.
D) ¿Cuánto tiempo antes debe hacerse la reinscripción?
Se recomienda realizar el trámite de reinscripción 15 (quince) días antes de la fecha de vencimiento otorgada al registro.
E) ¿Cuál es el valor del trámite?
La Resolución 168/16 del Ministerio de Agroindustria fija un arancel de $1500 para las inscripciones y reinscripciones en el Registro de Importadores y Exportadores (RIE).
F) ¿Puedo realizar el trámite online?
Todo el proceso de registro se puede realizar por autogestión (INSCRIPCIÓN - REINSCRIPCIÓN) a través de la aplicación “Registro de Importadores - Exportadores” del Sigica. El sistema les permitirá completar los datos necesarios, adjuntar la documentación requerida e incluso generar los cupones de pago para el trámite.
Se puede consultar el instructivo, tanto para la inscripción como para la reinscripción.