Consulta pública 439 - Abrogación de la Resolución Senasa N° 363/2015 y Nuevo proyecto de Resolución de comercialización y demás envíos de tubérculos andinos
El procesamiento y empaque de la papa andina (Solanum tuberosum var. andigenum), la papa lisa u olluco (Ullucus tuberosus), la mashua (Tropaeolum tuberosum), la oca (Oxalis tuberosa) y otros tubérculos andinos, debe realizarse en origen para las zonas productoras de las provincias de Salta, Jujuy, Mendoza, San Juan, Catamarca, Tucumán y La Rioja.
Grupos involucrados
En todo el territorio nacional.
Período de la consulta
La consulta estará abierta durante 30 días corridos desde el 29 de marzo hasta el 28 de abril 2022 a las 17 hs inclusive.
Las opiniones sobre este proyecto deben estar fundadas en razones técnicas, ser claras, pertinentes y, en la medida de lo posible, breves.
Cómo enviar su comentario
Enviar su contribución por correo electrónico a la siguiente dirección: consultapublica439@senasa.gob.ar
IMPORTANTE: Las opiniones deben ser dentro de lo posible concisas y deben ser expresadas pura y exclusivamente en el cuerpo del correo. No se tomará en cuenta ningún tipo de archivo adjunto.
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa)
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