Presidencia de la Nación

SOLICITUD DE HABILITACIÓN DE FÁBRICAS DE REPUESTOS PRINCIPALES DE ARMAS


Los establecimientos destinados a la fabricación de repuestos principales de armas deben contar con la correspondiente habilitación otorgada por la ANMaC.

Requisitos para la habilitación de fábricas de repuestos principales de armas

  1. Nota de solicitud:

    • Especificar la petición que se efectúa, indicar las instalaciones sobre las que se solicita la habilitación y la documentación adjunta.
    • La nota debe estar firmada y aclarada por el representante legal o titular de la empresa, con la debida certificación (Disp. 141/11).
  2. Ficha de Datos Técnicos H1:

    • Debidamente cumplimentada y con firmas certificadas.
  3. Formularios Leyes 23.283 y 23.412:

    • Presentar los formularios debidamente cumplimentados y con firmas certificadas.
  4. Documentación requerida (fotocopias certificadas):

    • Estatuto o Contrato Social y sus modificaciones, inscripto en la Inspección General de Justicia, Registro Público de Comercio, Instituto Nacional de Asociativismo y Economía, u otro organismo competente.
    • Acta de designación de autoridades societarias vigentes o de sus representantes legales. El objeto social debe contemplar los rubros cuya habilitación se solicita.
    • Inscripción ante la AFIP-DGI y último recibo de pago.
    • Título de propiedad, contrato de alquiler o comodato de las instalaciones.
      • En caso de locación o cesión en comodato, la habilitación no deberá superar el plazo de vencimiento del contrato.
    • Habilitación Municipal con rubro afín al solicitado, a nombre del solicitante, que autorice el desarrollo de la actividad conforme a la habilitación pretendida.
    • Credencial de Legítimo Usuario de Armas de Uso Civil Condicional vigente del titular, representante legal y responsable de la producción.
      • Si la credencial tiene más de un año desde su emisión, se debe presentar:
      • Certificado de antecedentes judiciales del titular o representante legal de la sociedad y del responsable de la producción.
  5. Planos originales de la fábrica:

    • Firmados por un profesional matriculado y el propietario o representante legal.
    • Incluir detalles topográficos del predio y zonas circundantes, distribución de edificios e indicación del uso de cada local (productos terminados, instalaciones de ensayo, etc.), tipo de construcción, instalaciones y maquinaria principal.
  6. Detalle de los productos a fabricar:

    • Características, especificaciones, patentes y/o licencias.
    • Producción anual programada.
  7. Memoria descriptiva:

    • Esquemas o croquis que detallen el movimiento de materiales, procesos de fabricación, métodos y equipamiento para asegurar la calidad, y ensayos de los productos.
  8. Planos de conjunto y de detalle:

    • Planos de los elementos a fabricar (firmados por un profesional matriculado y el titular de la firma o representante legal).
    • Incluir tolerancias, especificaciones técnicas, principales operaciones de fabricación y tratamientos, conforme a las Normas para Dibujo Técnico del IRAM.
  9. Detalle de marcas e inscripciones:

    • Nota con membrete de la empresa que especifique las marcas e inscripciones que se colocarán, sistema de numeración y tipografía a emplear.
  10. Antecedentes técnicos del responsable de producción:

    • Presentar el Currículum Vitae del responsable de producción, firmado por el responsable y avalado por el representante legal de la empresa, con ambas firmas certificadas.
  11. Medidas de seguridad y protección:

    • Detallar las medidas de seguridad adoptadas: rejas, alarmas, vigilancia, seguridad contra incendios, etc.

Inspección de las instalaciones

  • Finalizadas las obras, se deberá solicitar a la ANMaC la inspección de la fábrica respectiva.
  • Una vez inspeccionadas y aprobadas las instalaciones, y superados los ensayos de las muestras de los productos, la resolución de las distintas solicitudes formuladas corresponderá a la Dirección Nacional o, en su caso, al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

Aprobación y registración de prototipos

El solicitante deberá presentar los prototipos de los productos a fabricar de la siguiente manera:

  1. Ficha de Datos Técnicos 9:

    • Completar una ficha por cada modelo de arma a registrar, junto con los Formularios Leyes 23.283 y 23.412 correspondientes.
  2. Entrega de muestras:

    • Presentar dos (2) unidades numeradas montadas en el arma correspondiente y la cantidad de munición necesaria de acuerdo al ensayo requerido.
  3. Costo de ensayo:

    • El costo generado por el ensayo deberá ser abonado por el usuario comercial en la entidad que realice el ensayo.

Observaciones adicionales

  • Las habilitaciones otorgadas por la ANMaC son intransferibles. En caso de alquiler o cesión de las instalaciones, deberá realizarse en forma total y exclusiva. Si la instalación ya está habilitada a nombre de otra persona, se deberá solicitar la baja a nombre del locador o cedente.
  • Completar todos los datos solicitados en el instructivo con letra clara y de imprenta.
  • No dejar espacios en blanco ni utilizar corrector líquido.
  • No se admitirán enmiendas sin que se encuentren debidamente salvadas en observaciones.
  • Prohibido modificar instalaciones fabriles, experimentar nuevas técnicas de producción o fabricar nuevos modelos de repuestos de armas sin la previa autorización de la ANMaC.
  • Todas las firmas y fotocopias de documentación deben estar certificadas por autoridad judicial, escribano público, personas físicas o jurídicas habilitadas por la ANMaC, o autoridad policial jurisdiccional con grado de oficial, sello y firma aclaratoria.
Activar: 
0
Template: 
caritas3
Scroll hacia arriba