Presidencia de la Nación

Salud Mental y Discapacidad


Muchas personas con padecimientos mentales tienen, a su vez, alguna discapacidad que puede estar asociada o no a dicho padecimiento.
Guía de recursos para personas con discapacidad

Discapacidad

¿Qué es la discapacidad?

La discapacidad no está en la persona sino que surge de la interacción de las personas con las barreras del entorno (del espacio físico) y actitudinales (de la sociedad en su trato hacia ellas). Eliminadas las barreras, surge la diversidad.

¿A quiénes se considera personas con discapacidad?

A algunas personas que presentan alteraciones físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo, que afectan su participación plena y efectiva en la sociedad.

La alteración funcional puede ser permanente o prolongada requiriendo apoyos para su integración familiar, social, educacional o laboral.

Certificado Único de Discapacidad (CUD)

¿Qué es el CUD?

  • Es un documento público de validez nacional que certifica la discapacidad de la persona y posibilita el acceso a los derechos específicos.
  • Es gratuito, privado (se muestra sólo cuando es necesario) y personal, es decir que cada uno tiene el suyo.

¿Quién otorga el CUD y cómo se tramita?

  • Es emitido por la Junta Evaluadora Interdisciplinaria de cada lugar del país (provincia, municipio).
  • Para obtener el CUD ingresá a este Link

¿Para qué sirve el CUD?

El CUD permite a las personas con discapacidad acceder a ciertos derechos y beneficios, referidos a salud, prevención social, transporte, apoyos específicos, educación y trabajo, entre otros.

¿El CUD se renueva? ¿Qué validez temporal tiene el CUD?

El CUD tiene vencimiento. Cada certificado dice por cuánto tiempo vale. Si pasa la fecha de vigencia el certificado está vencido y no sirve. En ese caso debés pedirlo nuevamente.

IMPORTANTE: Por el contexto de pandemia se prorrogan de manera excepcional todos los Certificados Únicos de Discapacidad que vencieron durante el año 2020 y los que vencen durante el año 2021 hasta el mismo día del año 2022.

Resolución 1116/20 Link

¿Qué hacer ante la pérdida del Certificado Único de Discapacidad?

Realizar la denuncia de pérdida o robo en la comisaría más cercana. Para esto se debe concurrir con el DNI. Si también perdiste el DNI debe realizarse la denuncia de ambas documentaciones. Con esa denuncia contactá con el lugar donde tramitaste el CUD originalmente.

Derechos y beneficios a los que se accede con el CUD:

SALUD

Todas las personas tienen derecho a acceder al Plan Médico Obligatorio (PMO), un conjunto de prestaciones brindadas por los distintos prestadores de salud (sistema público, obras sociales y prepagas).

Todas las personas con discapacidad que tienen el CUD tienen derecho a acceder, a su vez, a la cobertura del 100% en las Prestaciones Básicas y prestaciones de rehabilitación (medicamentos, equipamiento, tratamientos) que requiera en relación a lo que fue certificado como discapacidad. Estas prestaciones las debe cubrir el prestador de salud que tiene la persona, es decir su obra social, empresa de medicina pregaga, PAMI o el sistema público de salud y el Programa Incluir Salud. Estas prestaciones incluyen:
- Prestaciones terapéuticas, asistenciales y de rehabilitación.
- Medicamentos e insumos específicos.
- Servicios específicos de centro de día, centro educativo terapéutico, formación laboral, centro de rehabilitación psicofísica, entre otros.
- Dispositivos habitacionales alternativos al grupo familiar: residencias, pequeños hogares y hogares.
- Atención especializada domiciliaria.
- Asistencia psiquiátrica ambulatoria, tratamiento psicofarmacológico y atención en internaciones integrales transitorias para cuadros agudos.
- Transporte.

¿Qué es el Programa Federal INCLUIR SALUD?

Aquellas personas que no tienen obra social deben tramitar la pensión por discapacidad para acceder a este programa (ex PROFE). Las personas que tienen pensión otorgada antes del año 1990 tienen asignada, en general, PAMI como cobertura.

El Programa Federal Incluir Salud pertenece a la Agencia Nacional de Discapacidad y posibilita el acceso a los servicios de salud a los titulares de las Pensiones No Contributivas (PNC). No es una obra social, sino que brinda prestaciones mediante convenios directos con prestadores y con las provincias.

Cómo acceder: Link

¿Qué hago si tengo problemas en la cobertura de salud de la obra social o prepaga?

Ante inconvenientes con la cobertura médica asistencial y/o afiliación de personas con discapacidad por parte de las obras sociales o entidad de medicina prepaga se puede realizar el reclamo en la Superintendencia de Servicios de Salud.

En la página web hay un centro de atención virtual para orientación. También se puede iniciar un trámite o reclamo, o se solicitar un turno para concurrir presencialmente a realizarlo. Ingresa aquí: Link

PENSIONES Y ASIGNACIONES

  • Pensión no contributiva: las personas con discapacidad que se encuentren en situación de vulnerabilidad social tienen acceso a esta pensión por discapacidad. Las mismas deben acreditar una disminución de 76% o más de la capacidad laboral. La pensión se tramita a través de ANSES. Más información: Link
  • Asignación por Hijo con Discapacidad: es una asignación mensual por cada hijo con discapacidad para familias en situaciones de vulnerabilidad social. Lo cobra el padre o la madre, priorizando a la mamá. Más información: Link
  • Asignación familiar por hijo con discapacidad: es un dinero que paga ANSES a trabajadores formales que tienen hijos con discapacidad. Más información: Link
  • **Asignación por Maternidad por nacimiento de hijo con Síndrome de Down: e la asignación que cobran las trabajadoras registradas en reemplazo de su sueldo por hasta 180 días si el bebé nace con Síndrome de Down. Más información: Link
  • Jubilación anticipada de trabajadores con discapacidad: las personas con discapacidad tienen requisitos particulares para jubilarse. En el caso de trabajadoras y trabajadores en relación de dependencia la edad jubilatoria es de 45 años y en el caso de trabajadoras y trabajadores autónomos de 50 años de edad. Deben tener al menos 20 años de aportes y una incapacidad laborativa física o intelectual superior al 33%. En el caso de trabajadores y trabajadoras con ceguera, el acceso a la jubilación es a los 45 años de edad o transcurridos 20 años de aportes con ceguera congénita o adquirida. Más información: Link
  • Retiro por invalidez: los hombres y las mujeres que no alcanzaron la edad para acceder a la jubilación ordinaria deben presentar una incapacidad laborativa física o intelectual superior al 66%. Más información: Link
  • Viudez y fallecimiento: Ante el fallecimiento de un jubilado, trabajador o trabajadora que hubiere tenido a cargo a una persona con discapacidad los familiares pueden tramitar la pensión derivada. Más información: Link

Para tramitar las pensiones se debe solicitar un Certificado Médico Oficial (CMO). Es un documento que completa un médico de un hospital público o de un servicio de salud público y tiene la firma del director de ese hospital o servicio de salud público.

TRANSPORTE

  • Pase Libre: todas las personas con CUD tienen derecho a viajar de forma gratuita en el transporte público. Si el CUD dice que la persona requiere acompañante, también el pasaje es gratuito para quien acompaña. Se accede simplemente mostrando en el medio de transporte dicho pase libre que viene con el CUD. El derecho se extiende a micros de media y larga distancia con previa reserva de pasajes. Para más información: Link
  • Símbolo Internacional de acceso: es un permiso para transitar con el auto por todas partes y poder estacionar en lugares donde otros autos no pueden. Las credenciales deben estar visibles en el auto (parabrisas y luneta). Para tramitarlo: Link
  • Otros derechos y beneficios: exención de pago de peajes, impuestos (municipales, patentes, entre otros que debe solicitarse ante la autoridad de aplicación de cada normativa); franquicia para comprar auto en forma más económica; viaje con perro guía o de asistencia previamente registrado.

SISTEMAS DE APOYOS y AJUSTES RAZONABLES PARA LA VIDA AUTÓNOMA

Los apoyos sirven para mejorar la autonomía y facilitar la comunicación, la comprensión y la manifestación de voluntad de la persona para el ejercicio de sus derechos. Abarcan una amplia gama de intervenciones: asistencia personal o animal y los intermediarios, apoyo para la movilidad, productos de apoyo y/o las ayudas técnicas. Entre ellos se incluye el apoyo para la adopción de decisiones, para la comunicación (intérpretes de lengua de señas, medios alternativos y aumentativos de comunicación), los servicios para sistema de vida específico que garanticen la vivienda y la ayuda doméstica y los servicios comunitarios.

Financiamiento de ayudas técnicas de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD (ANDIS):

  • Programa de apoyos para personas con discapacidad: son ayudas técnicas, de mejoramiento habitacional o apoyo económico dirigido a personas con discapacidad que no cuentan con cobertura social o que tienen pensiones no contributivas, con el objetivo de facilitar el desarrollo de las actividades de la vida diaria, mejorar la autonomía personal y la calidad de vida: movilidad personal, comunicación e información, autonomía en la vivienda, actividad educativa y laboral. Para más información: Link

EDUCACIÓN

Las personas con discapacidad tienen derecho a estudiar en escuelas comunes y a recibir los apoyos que sean necesarios para aprender y participar.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad promueve un sistema de educación inclusivo.

Resolución 311/2016 - Consejo Federal de Educación

Para más información: Link

TRABAJO

  • Postulación para empleo en la Administración Pública: requiere previa inscripción en los registros laborales correspondientes y ante la necesidad de un puesto a cubrir, a igualdad de condiciones o idoneidad para un cargo, la prioridad es de la persona con discapacidad. El Estado debe tener al menos un 4% de personas con discapacidad entre sus empleados. Por la Ley 25.689, el Estado nacional debe tener al menos un 4% de personas con discapacidad entre sus empleados e invita a las provincias a hacer lo mismo.
  • Empleo en el sector privado: todo empleador que contrate a una persona con discapacidad tiene beneficios impositivos en el pago del sueldo y cargas sociales.
  • Programas de capacitación, formación e inclusión: El Ministerio de Trabajo tiene un programa de promoción para la igualdad de oportunidades de empleo (PROMOVER), otros programas de inserción laboral y de empleo independiente.

Para más información llamá al 0800 222 2220 o escribí al email: [email protected]

Página web: Link

JUSTICIA

En el sector justicia existen áreas especializadas en discapacidad para fortalecer el cumplimiento de los derechos en igualdad de las personas con discapacidad.

  • Programa Nacional de Asistencia para las Personas con Discapacidad en sus Relaciones con la Administración de Justicia - ADAJUS: Depende del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Teléfono: (0054 11) 5300-4000 internos 78349 / 78350 / 78354 / 76628 / 76631 / 78021. Urgencias policiales/judiciales: (0054 9 11) 15-3364-1705. Correo electrónico: [email protected] / Página web: Link
  • Defensoría del Pueblo de la Nación: Página web Link
  • Cada jurisdicción tiene, a su vez, instituciones dependientes del sector judicial tales como las defensorías de pueblo locales.

Otra información sobre derechos

  • Las personas con CUD tienen acceso a otros beneficios fiscales, por ejemplo, el no pago del impuesto a la vivienda llamado ABL, el no pago del impuesto a la patente del auto, y tarifas especiales o sociales para los servicios de luz, gas y agua.
  • Cartilla de derechos de las personas con discapacidad Link

¿Qué legislación hay en nuestro país para el resguardo de los derechos de las personas con discapacidad?

  • Ley 26.378 (2008) donde se aprueba y adhiere a la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. En la Ley 27.044 se le otorga jerarquía constitucional a la Convención.
  • Ley 22.431 (1981) que establece un sistema de protección, estableciendo que el Certificado Único de Discapacidad acreditará plenamente la discapacidad en todo el territorio nacional.
  • Ley 24.901 (1997) que instaura un sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad.
  • Para más información sobre legislaciones provinciales: Atlas Federal de Legislación Sanitaria de la República. Argentina, categoría discapacidad: Link
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