Vigilancia y monitoreo del estado nutricional del yodo
En 1967 se sanciona la Ley 17.259 que establece la obligatoriedad de adicionar yodo a la sal de consumo humano y animal, con excepción de la sal para la industria alimentaria y farmacéutica.
En 2019 la provincia de Salta, a través de la Ley Nº 8103 y Decreto Nº 1240, declara de interés provincial la prevención y tratamiento de los desórdenes por deficiencia de yodo y dispone la obligatoriedad del uso de sal yodada en los productos panificados.
El Centro Nacional de Investigaciones Nutricionales de ANLIS Malbrán realiza la vigilancia y monitoreo de este micronutriente a nivel poblacional en todo el país.