Capítulo XI. Importadores y distribuidores de productos argentinos en el extranjero
Artículo 34.- Beneficios para Importadores y Distribuidores de Productos Argentinos en el Extranjero
Los Importadores y Distribuidores de Productos Argentinos en el Extranjero podrán acceder a:
- a. Comunicación y participación en distintas acciones promocionales argentinas en el mundo, según corresponda.
- b. Oportunidades de acciones conjuntas y de cobranding.
- c. La posibilidad de entablar vínculos con las Empresas y Cooperativas licenciatarias de la Marca País.