Presidencia de la Nación

Preguntas Frecuentes sobre el Programa de Fortalecimiento a la Asociatividad PyME


Listado

  1. ¿Qué tipo de agrupaciones pueden ser elegibles para participar del Programa?
  2. ¿Cómo se puede postular una agrupación al Programa?
  3. ¿En qué momento la agrupación formaliza la asistencia del Programa?
  4. ¿Qué tipo de asistencia brinda el Programa?
  5. ¿Cuál es el perfil requerido del/a coordinador/a de la agrupación?
  6. ¿Cuáles son las principales funciones del/a coordinador/a en el marco del Programa?
  7. ¿Puede presentar un Plan Estratégico Asociativo una agrupación que no posee personería jurídica?
  8. ¿Qué figura jurídica o forma contractual pueden tener las agrupaciones consolidadas?
  9. ¿Qué requisitos generales y funciones debe cumplir una Institución Patrocinante para representar a una agrupación incipiente ante el Programa?
  10. ¿Qué se entiende por Aporte Local en Especie de un Proyecto de Inversión?
  11. Los gastos de certificaciones que el programa requiere para la presentación de la documentación, ¿pueden contemplarse como actividades valorizadas como aportes locales de los Proyectos de Inversión?
  12. Si la agrupación solicita financiamiento a otro organismo público, ¿puede presentar un Plan Estratégico Asociativo ante el Programa?
  13. ¿Los presupuestos de las actividades incluidas en los Proyectos de Inversión pueden estar consignados en dólares?
  14. ¿Los presupuestos pueden incluir el IVA? ¿Lo cubre el Programa?
  15. Con los Aportes No Reembolsables ¿se pueden adquirir bienes fabricados en el exterior?
  16. El Programa ¿puede actualizar los montos de las actividades del Proyecto de Inversión a posterior de haber sido aprobado?
  17. Una vez aprobado un Plan Estratégico Asociativo y Proyecto de Inversión, ¿Cómo se realizan las rendiciones para la solicitud de los desembolsos de ANR ante el Programa?
  18. ¿Cuántas solicitudes de desembolsos de ANR se pueden solicitar en el marco del Proyecto de Inversión?
¿Qué tipo de agrupaciones pueden ser elegibles para participar del Programa?

Aquellas agrupaciones conformadas por MiPyMEs o Cooperativas que posean potencial innovador y/o exportador, que desarrollen procesos o productos innovadores o producciones de mayor complejidad o valor agregado y/o exportables, con impacto en la competitividad empresarial y el desarrollo económico local.

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¿Cómo se puede postular una agrupación al Programa?

La agrupación debe enviar en primer lugar una Idea Proyecto a asociatividad@produccion.gob.ar y luego nos contactaremos para asistirlos avanzar y continuar con la solicitud.

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¿En qué momento la agrupación formaliza la asistencia del Programa?

Una vez aprobada la Idea-Proyecto, la agrupación podrá formular y presentar el Plan Estratégico Asociativo (a través de la Plataforma TAD). Aprobado el Plan, el Programa notificará a la Agrupación para dar comienzo la asistencia luego de la firma del Convenio Marco de Cooperación y el Protocolo para el Financiamiento del Coordinador.

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¿Qué tipo de asistencia brinda el Programa?

El Programa brindará la siguiente asistencia:
Apoyo técnico y económico no reembolsable (ANR) para la implementación de Planes Estratégicos Asociativos (honorarios de coordinadores/as) y proyectos de inversión (para la adquisición de bienes o contratación de servicios) a través de tres (3) líneas de asistencia: 1) Planes Estratégicos Asociativos y Proyectos de Inversión para Grupos Asociativos; 2) Planes Estratégicos Asociativos y Proyectos de Inversión para Cooperativas; y 3) Planes Estratégicos Asociativos y Proyectos de Inversión para Conglomerados Productivos.

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¿Cuál es el perfil requerido del/a coordinador/a de la agrupación?

El/la coordinador/a debe ser una persona idónea de la localidad o región, que posea conocimientos del sector productivo al que pertenece la agrupación. Debe contar con capacidad y antecedentes en coordinación de grupos, construcción de consensos y tener una actitud proactiva. Se espera a su vez, que cuente con experiencia y conocimiento en la formulación de proyectos de inversión, y tenga disponibilidad para viajar. La agrupación propone al Coordinador/a.

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¿Cuáles son las principales funciones del/a coordinador/a en el marco del Programa?

Tendrá a su cargo las siguientes funciones: promover y consolidar relaciones de cooperación entre las empresas e instituciones participantes; acompañar a las empresas involucradas mediante asistencia técnica y capacitación para adecuar sus procesos productivos y comerciales de acuerdo a la estrategia delineada; efectuar un diagnóstico del sector y delinear acciones para detectar oportunidades comerciales; elaborar planes y proyectos que mejoren la competitividad de la agrupación; asesorar a las empresas al momento de responder información requerida por el Programa.

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¿Puede presentar un Plan Estratégico Asociativo una agrupación que no posee personería jurídica?

Si, solo deberá contar con una Institución Patrocinante/Apoderado que la acompañe en la presentación e implementación del Plan.

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¿Qué figura jurídica o forma contractual pueden tener las agrupaciones consolidadas?

Pueden estar constituidos como: Cooperativa (conforme a la Ley 20.377), Consorcio de Cooperación, Agrupaciones de Colaboración, (grupos de empresas sin figura jurídica grupal que justifiquen la integración horizontal y asociativa, consolidada en un plazo no menor de dos (2) años) y que adopten una figura jurídica grupal antes de la postulación formal al Programa, u otra forma jurídica de colaboración empresaria sujeta a evaluación del Programa (se excluye la Unión Transitoria de Empresas).

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¿Qué requisitos generales y funciones debe cumplir una Institución Patrocinante para representar a una agrupación incipiente ante el Programa?

Debe estar conformada por una persona jurídica privada o de participación mixta sin fines de lucro y debe contar con un objeto social con alguna vinculación de los objetivos que promueve el Programa y/o la agrupación que representa; y tener como principales funciones las de gestionar y administrar los ANR y el aporte local para el pago de los honorarios del coordinador/a y las actividades del Proyecto de Inversión aprobado, así como realizar todas aquellas gestiones que sean necesarias y conducentes para el mejor desempeño del Plan y Proyecto en el marco del Programa.

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¿Qué se entiende por Aporte Local en Especie de un Proyecto de Inversión?

Son todos los aportes que podrá realizar la agrupación, sus integrantes o terceros y que se consideran necesarios para el cumplimiento o logro del proyecto de inversión a ser presentado. Pueden ser bienes muebles e inmuebles (terrenos, predios, infraestructura) y recursos humanos.

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Los gastos de certificaciones que el programa requiere para la presentación de la documentación, ¿pueden contemplarse como actividades valorizadas como aportes locales de los Proyectos de Inversión?

Si, el programa cubre hasta sesenta mil pesos ($60.000) en gastos de certificaciones y legalizaciones. Los mismos pueden ser contabilizados como Aporte Local Monetario y/o como Aporte Local en Especie.

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Si la agrupación solicita financiamiento a otro organismo público, ¿puede presentar un Plan Estratégico Asociativo ante el Programa?

Si, siempre y cuando no se trate de las mismas actividades contempladas en el proyecto de inversión a presentar.

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¿Los presupuestos de las actividades incluidas en los Proyectos de Inversión pueden estar consignados en dólares?

Si, y se convierten a pesos de acuerdo al tipo de cambio comprador del Banco Nación a la fecha de emisión del presupuesto.

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¿Los presupuestos pueden incluir el IVA? ¿Lo cubre el Programa?

Los presupuestos deben presentarse sin IVA. Solo podrá incluirse en aquellos casos de grupos, organizaciones o entidades que no le corresponda computar el crédito fiscal de dicho impuesto o cuando por la condición del proveedor seleccionado frente al impuesto, no se admita la discriminación del IVA en sus ventas. Los desembolsos que realiza el Programa NO incluyen el pago al Impuesto de Valor Agregado.

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Con los Aportes No Reembolsables ¿se pueden adquirir bienes fabricados en el exterior?

Se prioriza la compra de bienes nacionales. Sólo en el caso que se considere conveniente y necesario, se autorizará la adquisición de bienes importados que sean provistos por proveedores locales con la justificación correspondiente.

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El Programa ¿puede actualizar los montos de las actividades del Proyecto de Inversión a posterior de haber sido aprobado?

No. Los desembolsos de ANR que realizará el Programa, no serán ajustados o revisados en virtud de las variaciones que pudiesen producirse en los precios. En ese caso, la agrupación deberá hacerse cargo de afrontar dichas diferencias.

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Una vez aprobado un Plan Estratégico Asociativo y Proyecto de Inversión, ¿Cómo se realizan las rendiciones para la solicitud de los desembolsos de ANR ante el Programa?

El Programa realiza el pago de los honorarios del/a coordinador/a mensualmente (una vez aprobado el Plan y, presentado y aprobado enviados cada informe de avances junto con la factura correspondiente) conforme lo establecido en los Términos de Referencia establecidos en el Protocolo de Financiamiento del Coordinador/a suscripto.
En el caso de los Proyectos de Inversión, la agrupación deberá presentar una rendición ante el Programa a medida que se vayan ejecutando y pagando las actividades conforme lo establecido en el cronograma de ejecución y desembolsos del Proyecto aprobado.
En el caso de reintegro de ANR, el Programa realiza el desembolso con la previa verificación de los comprobantes correspondientes (facturas de gastos y extractos bancarios) y de los resultados verificables pautados, tanto de las actividades valorizadas como ANR como en aporte local, según corresponda.
En el caso de adelanto de ANR, el Programa realiza el desembolso contra la constitución y presentación de seguros de caución. Para la solicitud de los adelantos siguientes, la agrupación debe rendir el anterior adelanto de ANR y los aportes locales comprometidos y el Programa realiza el desembolso con la previa verificación de los comprobantes correspondientes (facturas de gastos y extractos bancarios) y de los resultados verificables pautados.

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¿Cuántas solicitudes de desembolsos de ANR se pueden solicitar en el marco del Proyecto de Inversión?

Los reintegros y anticipos de ANR dependen de las actividades y el cronograma aprobado en el Proyecto de Inversión.

En la modalidad de reintegros, cada desembolso de ANR se otorga una vez que las actividades sean efectivamente pagadas, ejecutadas y rendidas por la agrupación. Además, debe ser acompañada por la rendición del aporte local según el cronograma estipulado junto a los comprobantes de gasto y resultados verificables correspondientes.

En la modalidad de anticipos de ANR, debe constituir y presentar un seguro de caución a favor del Programa.

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