Presidencia de la Nación

Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes


Los niños, niñas y adolescentes realizan con habitualidad contratos de consumo de manera directa, por ejemplo, al comprar de manera presencial o virtual diferentes productos, pero también de manera indirecta, a través de la utilización de algún servicio que contrate un adulto referente, como ser el uso de la medicina prepaga o del acceso a Internet en el hogar.

Estas relaciones de consumo pueden verse afectadas por algún incumplimiento por parte de los proveedores y es por eso que la Secretaría de Comercio de Interior dictó la Resolución 236/20 con el objeto de establecer el procedimiento para la recepción de las denuncias o reclamos que presenten por sí mismos los y las adolescentes, entre los 13 y 17 años, cuando detecten un incumplimiento a la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.

Si tenés entre 13 y 17 años podés ingresar un reclamo en Defensa del Consumidor, porque tenés derecho a reclamar ante las autoridades frente a la vulneración de algún derecho y a que tus opiniones sean tenidas en cuenta de acuerdo a tu edad y madurez.

Una vez ingresado el reclamo un abogado del Equipo de Abogadas y Abogados de Consumidores Hipervulnerables se contactará con vos para orientarte, asesorarte, brindarte asistencia y acompañarte de manera personalizada durante todo el proceso.

Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a participar de las audiencias por reclamos que ingresen sus adultos responsables y para poder participar del proceso bastará con la manifestación de la voluntad de las personas menores de edad.

Las Actas de Conciliación deberán redactarse en lenguaje claro y con una redacción simple que permita la comprensión de lo escrito.

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