Presidencia de la Nación

Categorías de manejo


La Ley Nº 26.875, en su artículo 4º, establecía que el área marina protegida tuviera delimitaciones específicas que fueron llamadas “zonas”. La zonificación establecida dividía el área en una “zona núcleo”, una “zona de amortiguación” y una “zona de transición”. Las zonas se relacionaban con las diferentes actividades que podían desarrollarse en ellas y, a su vez, pretendían representar ciertas porciones del área y su biodiversidad.

La zonificación puede observarse en la primera cartografía del área marina protegida (H-5014) del Servicio de Hidrografía Naval de 2014. La Zona Núcleo estaba delimitada por las coordenadas 54º 30’ S, 60º 30’ O; 54º 30’ S, 59º 30’ O; 54º 15’ S, 60º 30’ O, 54º 15’ S, 59º 30’ O. La Zona de Amortiguación estaba dada por el límite de la Zona Núcleo y las coordenadas 54º 00’ S, 59º 00’ O; 54º 00’ S, 61º 00’ O; 54º 35’ S, 59º 00’ O; 54º 35’ S, 61º 00’ O. Finalmente, la Zona de Transición incluía desde el límite externo de la Zona de Amortiguación a la isobata de los 200 metros de profundidad definida en la Cartografía Oficial.

A partir de la creación del Sistema Nacional de Áreas Marinas Protegidas (SNAMP) en 2017 y la adecuación del AMP Namuncurá Banco Burdwood I en relación al mismo (en 2019), se modificó la conceptualización en esta materia. Actualmente, el AMP Namuncurá Banco Burdwood se amplió (integrada por AMPNBB I y AMPNBB II) y se adecuaron las categorías de manejo según lo previsto por la Ley Nº 27.037 del SNAMP.

Dichas categorías para esta AMP son: Reserva Nacional Marina, Reserva Nacional Marina Estricta y Parque Nacional Marino.

En la página principal de Áreas Marinas Protegidas se encuentran los mapas actualizados con las categorías de manejo correspondientes.

Créditos: Pablo Taraborelli
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