Datos públicos con acceso restringido
No todos los datos públicos pueden o deben publicarse como datos abiertos.
Los organismos del Estado generan y administran información de muy diversa naturaleza. En algunos casos, la publicación de determinados datos se encuentra limitada por la legislación vigente para proteger derechos individuales, información sensible o intereses públicos específicos.
Antes de publicar un conjunto de datos, es importante analizar si existen restricciones legales o normativas que regulen su difusión y, cuando corresponda, aplicar técnicas de anonimización o publicar versiones agregadas de la información.
Importante
La apertura de datos debe realizarse respetando el marco normativo vigente. La existencia de restricciones para determinados datos no impide avanzar con la publicación de toda aquella información que sí pueda ponerse a disposición de manera abierta.
Entre las principales normas nacionales que pueden establecer restricciones para la publicación de datos se encuentran:
- Ley N.º 27.275 de Derecho de Acceso a la Información Pública.
- Ley N.º 25.326 de Protección de los Datos Personales.
- Ley N.º 17.622 del Sistema Estadístico Nacional.
- Ley N.º 11.683 de Procedimiento Fiscal.
- Ley N.º 11.723 de Propiedad Intelectual.
Además, los gobiernos provinciales y locales deben considerar la normativa específica vigente en su jurisdicción, así como cualquier otra regulación sectorial aplicable.