Hidroeléctrica Norpatagónica
El Gobierno Nacional, mediante el dictado de la Ley N°17318, en el año 1967, constituyó la empresa Hidronor S.A., con mayoría estatal.
El principal objetivo propuesto fue realizar la construcción del complejo hidroeléctrico El Chocón - Cerros Colorados a efectos de moderar las crecidas y regular los caudales de los ríos: Limay, Negro y Neuquén y generar energía eléctrica para atender la demanda regional y, en especial, las zonas del Gran Buenos Aires y Litoral. Esto último se posibilitó mediante la construcción del sistema de transmisión de 500 KV hasta Buenos Aires.
Como meta estatutaria de la S.A., se precisó:
"construir y explotar obras hidráulicas y eléctricas en la Región del Comahue (provincias del norte de la Patagonia), incluyendo las líneas de transmisión e instalaciones complementarias destinadas a llevar energía desde las centrales hidroeléctricas hasta los sistemas y centros de consumo que se autoricen".
La construcción del complejo hidroeléctrico de El Chocón - Cerros Colorados se realizó dentro de los plazos y costos previstos. Posteriormente se elaboraron los estudios técnicos de los complejos hidroeléctricos de Alicopá y de Limay Medio.
Respecto del complejo Alicopá, se encontraba ya construida y en funcionamiento la central hidroeléctrica de Alicurá con su sistema de transmisión respectivo.
La central hidroeléctrica de Piedra del Aguila se encontraba en construcción pero demorada por motivos financieros. La última integrante del complejo, la central hidroeléctrica de Collón-Curá, poseía aspectos de diseño no definidos motivados por necesidades de definiciones a niveles nacionales y provinciales.
En el complejo del Limay Medio se había dado comienzo a la construcción de la central hidroeléctrica de Pichi Picún Leufú, cuya puesta en funcionamiento estaba prevista para el año 1996, posterior a la de Piedra del Aguila.
El diseño integral del conjunto de centrales hidroeléctricas de Hidronor y sus respectivos sistemas de transmisión fue elaborado para satisfacer las exigencias de energía del Sistema Interconectado Nacional (SIN), lo cual expresado desde el punto de vista gráfico significa cubrir los picos del diagrama de cargas.
Un dato importante del conjunto de centrales de la empresa Hidronor S.A. es que las mismas constituían la única reserva hidroenergética significativa en el Sistema Interconectado Nacional, con capacidad de desplazar generación eléctrica estacionalmente y contribuir a un despacho económico con el consiguiente ahorro de combustibles sólidos y gaseosos.
EMPRESA HIDROELÉCTRICA NORPATAGÓNICA S.A. (HIDRONOR S.A.)
Av. Leandro N. Alem 1074.
Ciudad de Buenos Aires.
Interventor : lng. Alberto Angel Hevia.
ESTATUTO.
Sociedad Anónima.
El 51 % era propiedad del Estado Nacional.
La actividad de la empresa se regulaba por la Ley N°15.336, que establecía el Régimen de Energía Eléctrica, y por la Ley N° 20.050 referida a las Sociedades Comerciales. En dichas normas se fundaron las leyes que autorizaron la concesión para la explotación de los complejos Chocón - Cerros Colorados, Alicopá y Limay Medio (Ley N° 23.411).
Los Contratos de Concesión establecidos en los complejos de Chocón - Cerros Colorados y de Alicopá, regulaban las obligaciones contraídas entre el Estado Nacional y la empresa Hidronor S.A., respecto de las condiciones de operación de los embalses garantizando el cumplimiento de las diversas finalidades de los mismos (regulación, generación, riego, etc.).
Simultáneamente, los contratos de concesión fijaron una garantía de rentabilidad del 8% sobre la denominada base tarifaria.
Descripción de actividades
Dentro del mercado eléctrico nacional, Hidronor S.A. podía definirse como una empresa mayorista que vendía energía en bloque al Sistema Interconectado Nacional (SlN) en gran parte de su producción. Las empresas provinciales de La Pampa, Neuquén y Río Negro habían tomado una porción menor de la oferta energética.
El Sistema Interconectado Nacional (SIN) estaba compuesto por la red troncal de 500 kV de Hidronor, de Agua y Energía Eléctrica y de SEGBA S.A., y permitía el transporte por el territorio nacional de grandes bloques de energía y potencia proveniente de las grandes centrales.
Ello posibilitó traer al principal centro de consumo, esto es Buenos Aires y su zona industrial, la energía generada en el aprovechamiento hidroeléctrico de Hidronor S.A.
Volumen de ventas
La participación de Hidronor en el Sistema Interconectado Nacional estaba en directa relación con las características hidrológicas del período al que se hace referencia. Así, en el año 1987, que de acuerdo con datos estadísticos puede tomarse como un período de hidraulicidad normal, la participación de Hidronor dentro del total del Sistema Interconectado Nacional fue del 17,5%. En 1990, en cambio, frente a un año muy seco, su aporte se redujo al 10,4% en el total del SlN y del 28,5% de la producción hidráulica.
Analizada desde la potencia disponible del Sistema, la empresa Hidronor S.A. alcanzó el 27,3% en 1990. Ambos parámetros indican la importancia relativa de esa empresa en el total del sistema.
La puesta en servicio de la central hidroeléctrica de Piedra del Águila estaba prevista para el período anual 1992, con lo cual la producción energética de Hidronor S.A. se incrementaría en un 74%, dando lugar en forma simultánea a la sustitución de equipos de alto consumo de combustibles, aportando energía necesaria para cubrir la demanda creciente y colaborando a la mejora en la calidad del servicio eléctrico.
Para el año 1996 estaba prevista la puesta en marcha de la central hidroeléctrica de Pichi Picún Leufú, con lo cual la empresa incrementaría en un 8% su producción media anual.
Indicadores físicos
Tratándose de centrales hidroeléctricas, no se registraban insumos industriales que se correspondan en forma directa con el producto final.
La actividad de la empresa estuvo acotada por dos circunstancias no concomitantes pero sí concurrentes, a saber: las demandas energéticas del mercado y el grado de hidraulicidad - seco o rico - de la época de la producción.
MODALIDADES DE LA PRIVATIZACIÓN. CRONOGRAMA
La empresa Hidronor S.A. ofrecía particularidades que dilataron la iniciación de las actividades de privatización ya que poseía elementos como concesiones sobre ríos provinciales, manejo del agua para los distintos usos, regulación de la cuenca, etc., que requerían estudios especiales.
Sumado a ello, la demora de un par de meses que sufrió la aprobación del Marco Regulatorio Eléctrico, ocasionó nuevas postergaciones en el proceso de privatización de Hidronor S.A..
Sin embargo, por comunicación de la Subsecretaría de Privatizaciones del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, fechada el 23 de abril del presente, se estableció como previsión para la venta de pliegos el mes de septiembre de 1992.
Durante el mes de junio, autoridades del sector de energía anunciaron que en el mes de noviembre de ese año podría realizarse el primer llamado a licitación para la privatización de Hidronor.
Al mismo tiempo se anticiparon algunas características que asumiría el proceso, entre ellas:
Se utilizaría el mecanismo de precio base fijo al contado y oferta competitiva de títulos de deuda externa e interna, en proporciones iguales y admitiéndose, eventualmente, los bonos de consolidación previsional -BOCON-. El Estado sólo vendería parte -60%- del paquete accionario y el resto se destinaría al Programa de Propiedad Participada (PPP) y a su colocación en el mercado bursátil.
Los gobiernos provinciales donde se situaban las centrales participarían en las negociaciones de marcos regulatorios y pagos de regalías futuras.
Se iniciaron negociaciones con la firma Consultora J. Henry Schroders y Waag and Co. Inc., para concretar su participación como asesores económico-financieros en los procesos de privatización de la actividad de generación hidroeléctrica.
Los anexos y normas referidos al manejo de aguas y aquellos referidos a la seguridad de presas y otros auxiliares, fueron revisados.
A los fines de la reorganización y privatización de Hidronor SA se dictó el Decreto N° 287 del 22 de febrero de 1993. Por ese Decreto se constituyeron y se aprobaron los estatutos de las sociedades que tendrían a su cargo la actividad de generación y comercialización en bloque de energía eléctrica, antes a cargo de Hidronor S.A.. Dichas unidades de negocios serían independientes y se les otorgaría en concesión la generación de energía eléctrica mediante el aprovechamiento del complejo hidroeléctrico ubicado en el área del contrato de concesión.
El mencionado Decreto facultó a la Secretaría de Energía a disponer la constitución y aprobar los estatutos de una fundación que sería titular y administradora del Fondo de Reparaciones. La fundación estaría integrada por todas las sociedades titulares de concesiones para la generación hidroeléctrica constituidas o a constituirse en el marco del proceso de privatización de la actividad que tenía a su cargo Hidronor S.A..
El Fondo de Reparaciones esta integrado por los aportes realizados por los concesionarios y sus recursos pueden ser utilizados por las aludidas sociedades para sufragar los trabajos, obras y reparaciones que sean necesarios para preservar o restituir las condiciones de seguridad de los aprovechamientos hidroeléctricos, cuando éstas puedan ser o sean alteradas por riesgos o eventos que la concesionaria no está obligada a asegurar.
Por otra parte, se encontraban en su fase de elaboración final el pliego de bases y condiciones correspondiente a los aprovechamientos hidroeléctricos de Piedra del águila y Pichi Picún Leufú.
Por Decreto N° 408 del 12 de marzo de 1993, se dispuso que los llamados a licitación de las Hidroeléctricas Alicurá S.A., Chocón S.A. y Cerros Colorados se efectuarían antes del 15 de abril de 1993.
Ese mismo Decreto determinó que el cronograma de privatización para las Hidroeléctricas Piedra del águila y Pichi Picún Leufú debería estar elaborado antes del 30 de abril de 1993.
Fuente: Memoria de las Privatizaciones Subsecretaria de Administración y Normalización Patrimonial Dirección Nacional de Normalización Patrimonial - Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.