Vence el plazo para regularizar trabajadores sin pago de deudas
El ministerio de Trabajo informa que, indefectiblemente, el próximo 28 de enero de 2010 vence, sin posibilidad alguna de prórroga, la oportunidad de registrar a los trabajadores con los beneficios que el Gobierno otorga a los empleadores a través de la Ley 26.476.
El ministerio de Trabajo informa que, indefectiblemente, el próximo 28 de enero de 2010 vence, sin posibilidad alguna de prórroga, la oportunidad de registrar a los trabajadores con los beneficios que el Gobierno otorga a los empleadores a través de la Ley 26.476.
Entre otros beneficios, la referida Ley establece que todo empleador que regularice a sus trabajadores no registrados esta exento de pagar deudas previsionales con la AFIP, intereses o multas, ya sean de la AFIP, de este ministerio de Trabajo de la Nación o de los distintos entes con capacidad para sancionar al empleo no registrado como el IERIC, el RENATRE (trabajadores rurales) y las multas aplicadas a la luz de la ley 25.212.
Este beneficio favorece, fundamentalmente, a las pequeñas y medianas empresas que alegan no poder registrar a sus trabajadores debido al costo de la deuda que implicaría el pago de aportes y contribuciones no ingresados oportunamente. La ventaja que ofrece la Ley 26476, hasta el 28 de enero, es liberar esa deuda y que el reconocimiento de las relaciones laborales preexistentes no es tomado en cuenta para las liquidaciones pasadas de impuestos a las ganancias. Es decir, el costo es: CERO PESOS, exceptuando las cargas devengadas durante el año 2009.
Otro de los beneficios que otorga la Ley 26.476 es que por cada trabajador regularizado, el empleador gozará de una baja en el pago de las contribuciones patronales por el término de dos años, estableciendo una reducción del 50% durante el primer año y del 25% durante el segundo año de regularización. (Con exclusión de obra social y pago de ART).
La aplicación de esta Ley permitió la regularización y de esta manera la inclusión, de trabajadores que hasta ese momento estaban fuera del sistema y que ahora gozan de todos los beneficios de la seguridad social y de las prestaciones de salud.
La respuesta de los empleadores fue ampliamente satisfactoria y contribuyó a aumentar la recaudación previsional.
Vale señalar que esta medida, de carácter extraordinario, al incluir trabajadores y empleadores en el sistema, ayuda a combatir la competencia desleal.
También es muy importante tener en cuenta, en un año de crisis globalizada -una de las causales que generaron el dictado de esta Ley- el número de trabajadores regularizados o contratados con los beneficios previstos por la ley. Esa cifra asciende, a la fecha, a 470.000 trabajadores. Esto significa que más de 470.000 familias ya cuentan con obra social, los dependientes tienen posibilidades de jubilarse en el momento que corresponda, gozan de los derechos que les otorga la legislación en general y los establecidos en los convenios colectivos en particular y pueden tener acceso al crédito a través del recibo de sueldo.
Si consideramos que el total de trabajadores registrados en el segundo trimestre de 2009 ascendía a 7.205.000, esta regularización ha implicado hasta el momento un 6,5% de ese universo. Restan pocos días los que se consideran una excelente oportunidad para acogerse a los beneficios de la ley.
Agradecemos la difusión. 13/01/2010.