Universidades Nacionales: Nuevo esquema de aumento progresivo de alícuotas de contribuciones patronales
Se estableció el procedimiento para aplicar las nuevas alícuotas reducidas y progresivas para las Universidades Nacionales que hayan cancelado el Plan de Pagos.
A partir del 15 de enero de 2024 las Universidades Nacionales podrán aplicar la nueva alícuota de contribuciones patronales, rectificando las declaraciones juradas correspondientes.
La medida alcanza a aquellas universidades que hayan cancelado el “Plan general – Decreto 1571/10” a efectos de acceder al incremento progresivo de la alícuota de contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).
La Resolución General Nº 5471, publicada en el Boletín Oficial, establece que las universidades deberán utilizar el release 1 de la versión 45 del aplicativo “Sistema de Cálculo de Obligaciones de la Seguridad Social - SICOSS” o del sistema “Declaración en Línea”, según corresponda.
Para la determinación e ingreso de las obligaciones, deberán identificarse consignando como tipo de empleador “Administración Pública”, y el aplicativo o sistema calculará automáticamente la alícuota aplicable a cada universidad.
Las instituciones podrán presentar declaraciones juradas rectificativas por nómina completa a partir del 15 de enero de 2024, de acuerdo al siguiente detalle:
• Si la deuda incluida en el plan general de facilidades de pago fue cancelada con anterioridad al año 2023, se podrán rectificar las declaraciones juradas correspondientes a los períodos devengados enero de 2023 a noviembre de 2023, inclusive.
• Si la cancelación de deuda incluida en el plan general de facilidades de pago se produjo durante 2023, se podrán rectificar las declaraciones juradas correspondientes a los períodos devengados a partir del mes siguiente al de su cancelación y hasta el período devengado noviembre de 2023, inclusive.
Siempre que las rectificativas se presenten exclusivamente a los efectos de aplicar las nuevas alícuotas, hasta el día 27 de marzo de 2024, inclusive, las universidades no deberán fundamentar las razones que dieron origen a la reducción de la obligación ni solicitar la convalidación de los saldos a favor que resulten de dicha presentación.