Solicitud de acceso y ampliación de la capacidad de transporte. Resolución ENRE N° 37/2019
Por Resolución ENRE N° 37/2019 dictada en los Expedientes EX-2018-35452519-APN-SD#ENRE y EX-2018-58980853-APN-SD#ENRE, el Directorio del Ente Nacional Regulador de la Electricidad resuelve dar a publicidad la solicitud de acceso a la capacidad de transporte que TRANSNOA S.A. presentó a pedido de Tinogasta Solar S.A. para el ingreso de dos nuevas centrales de generación solar fotovoltáicas llamadas Parque Solar Fotovoltáico Tinogasta I de 15 MW y Parque Solar Fotovoltáico Tinogasta II de 7 MW de potencia instalada, ubicados en las cercanías de la localidad homónima, en el departamento del mismo nombre, en la Provincia de Catamarca. Por la misma Resolución, el Directorio del ENRE también resuelve publicitar la solicitud de ampliación de la Estación Transformadora Tinogasta, mediante la incorporación de un transformador de 30/30/30 MVA 132/33/13,2 KV, de un campo completo de 132 K para la vinculación del transformador, de celdas de 33 KV y 13,2 KV, de una línea aérea de 13,2 KV desde el Parque Solar Fotovoltáico Tinogasta II hasta las celdas de 13,2 KV conectadas al nuevo transformador de la ET Tinogasta, ambas sobre la misma postación y de aproximadamente dos kilómetros de longitud.
La difusión de esta solicitud se extiende por el plazo de cinco días en los sitios web del ENRE y de CAMMESA, y por el plazo de dos días en un diario de amplia difusión del lugar donde la obra vaya a realizarse o pueda afectar eléctricamente. El Ente otorga un plazo de diez días hábiles administrativos desde la última publicación para que quien lo considere procedente pueda presentar un proyecto alternativo de acceso que optimice el funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión, y/u observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mencionado SADI.
En caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir dichas oposiciones y permitir a las partes contestarlas. En caso de que no haya presentación fundada una vez vencido el plazo señalado, el ENRE autorizará el acceso requerido y otorgará el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la ampliación solicitada, una vez que la Subsecretaría de Energía Eléctrica otorgue el reconocimiento definitivo a Tinogasta Solar S.A. como agente del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) en carácter de generador para los parques solares Tinogasta I y II.
Los expedientes en cuestión pueden consultarse en Avenida Madero 1020, 9° piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.