Se sancionaron ordenanzas de cupo laboral para víctimas de trata en localidades de Neuquén y Salta
Como parte de una política de Estado impulsada por el Comité de Lucha contra la Trata y la Explotación de Personas, fueron sancionadas normativas que disponen un cupo laboral para víctimas de trata en San Patricio del Chañar y Aguas Blancas.
Dos ordenanzas de cupo laboral para víctimas del delito de trata fueron sancionadas recientemente en las provincias de Neuquén y Salta. En San Patricio del Chañar, provincia de Neuquén, se sancionó por unanimidad la Ordenanza 1331, con la que el municipio pasa a ser el primero en la provincia en disponer de dicho instrumento para recuperar el horizonte de vida y la reinserción social de las víctimas de trata.
La nueva normativa, reconoce por objeto “promover la inclusión laboral de las personas víctimas del delito de trata con fines de explotación sexual, de acuerdo con la Ley Nacional 26.364 y su modificatoria” y, con este fin, establece en la Municipalidad de San Patricio del Chañar “el cupo de personas víctimas del delito de trata y explotación, que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo”.
Asimismo, la falta de antecedentes laborales y educativos no será un impedimento para acceder a este derecho, ya que el Ejecutivo Municipal y sus órganos dependientes “deberán garantizar la capacitación laboral obligatoria y remunerada de las personas aspirantes a cualquier puesto laboral”.
Por su parte, en el municipio de Aguas Blancas, provincia de Salta, el Concejo Deliberante aprobó, mediante la Ordenanza 139/23 la “Creación de un cupo laboral para víctimas de trata con fines de explotación sexual y laboral”.
En su articulado, dispone “crear el cupo de hasta el uno por ciento del total del personal de los entes que conforman el Departamento Ejecutivo Municipal, para ser cubierto por personas víctimas del delito de trata, en cualquiera que de las modalidades que asume la relación de empleo público”.
Al mismo tiempo, establece que la personas beneficiarias del cupo tendrán “prioridad en la selección de contratistas del Departamento Ejecutivo Municipal como proveedores de insumos y provisiones a quienes lo efectivicen” y la “capacitación laboral requerida”.
Finalmente, la nueva normativa dispone “garantizar campañas de difusión masivas del presente plan de inserción laboral en medios de comunicación, convocando a las organizaciones que luchan por este derecho y a la comunidad educativa”.
Con estas ordenanzas aprobadas, ya son 47 las localidades en todo el país que cuentan con normativas para difundir la línea 145 y 50 las que disponen de un cupo laboral para la restitución de derechos a las víctimas, junto a 3 provincias que ya han promulgado leyes de inclusión laboral (Catamarca, Chaco, y Salta), y otras 5 que se encuentran en estado parlamentario (Jujuy, Santa Cruz, Rio Negro, Neuquén y Tucumán).
Cabe también destacar la importancia y el desarrollo del Programa Nacional de Reparación de Derechos y de Fortalecimiento de las Competencias Laborales para las Afectadas y los Afectados por los delitos de Trata y Explotación de Personas, del Ministerio de Trabajo de la Nación, el cual establece acciones para fortalecer y adquirir competencias laborales a través de vincular a las