Presidencia de la Nación

Se flexibilizaron normas para embarcaciones que operan en la Vía Navegable Troncal

Permitirá reducir costos logísticos y potenciar la eficiencia del sector.

A través de la Disposición 296/2025 de Prefectura Naval Argentina, que depende del Ministerio de Seguridad Nacional, se flexibilizó el margen de seguridad bajo la quilla de los buques (MSBQ), lo que permitirá una mayor competitividad para las embarcaciones que operan en la Vía Navegable Troncal.

Esta nueva medida, que mantiene los mismos niveles de seguridad, responde a la necesidad de optimizar la navegación, reducir costos logísticos y potenciar la eficiencia del transporte fluvial. De igual manera, se enmarca en una estrategia integral para potenciar el desarrollo del comercio exterior y mejorar la logística fluvial del país, disminuyendo trabas burocráticas y agilizando los procesos operativos.

Gracias a las mejoras en la profundización y el balizamiento del canal, y tras verificaciones técnicas, el MSBQ se ha establecido en 0,60 metros (2 pies) para los buques que cumplan con el nuevo diseño del canal. Según estimaciones de expertos, esta medida podría incrementar hasta un 7% los niveles de carga transportada, reduciendo costos operativos y favoreciendo la competitividad del sector.

“En 2018 se había incrementado, para la hidrovía, el margen histórico de seguridad bajo quilla de 2 pies. Se estableció a su vez, que dicho margen debía incrementarse con el porte del barco. Al restituir el valor histórico, que es lo que hace la 296/25, se incrementa automáticamente la capacidad de carga, bajando costos”, explicó el Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger.

La nueva normativa establece que Prefectura revisará periódicamente el MSBQ a fin de garantizar la seguridad de la navegación, la protección ambiental y la seguridad de la vida humana en las aguas; fijará las exigencias para los buques que excedan el calado de diseño y conformará una mesa de trabajo con los diferentes actores del quehacer naviero a fin de evaluar los riesgos y la eficiencia en el uso de la vía navegable troncal.

Adicionalmente, el capitán, cuando sea necesario y se encuentre debidamente justificado, deberá incrementar dicho MSBQ, debiendo tener en cuenta las características particulares del buque con el que se emprenderá la navegación por el canal, al igual que los distintos factores y efectos evolutivos del mismo.

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