Se firmó el Acta CyMAT Nº 194 que establece el carácter no obligatorio del uso del barbijo en la Administración Pública Nacional
La Comisión de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo del Sector Público firmó el Acta Nº194 donde se continúa recomendando medidas de prevención a todos los trabajadores y trabajadoras de la APN
A raíz de la Resolución N° 1849 del Ministerio de Salud y, teniendo en cuenta que, tal como se pronunciara reiteradamente en las actas dictadas en el contexto del COVID -19, la Secretaría de Gestión y Empleo Público,y la CyMAT CENTRAL informan a los organismos la nueva normativa establecida por este órgano rector en materia de salud .
Como punto central se comunica el carácter no obligatorio del uso del barbijo. De todas maneras, se continúa recomendando medidas de prevención general, tales como: el uso adecuado del barbijo en espacios interiores, incluyendo los ámbitos laborales, educativos, sociales y el transporte público, la ventilación de los ambientes, la higiene adecuada y frecuente de manos y ante presencia de síntomas evitar el contacto con otras personas, no acudir a actividades laborales, sociales, educativas, lugares públicos y evitar el uso de transporte.
En lo que respecta a cada Jurisdicción las mismas podrán adoptar las recomendaciones pertinentes en función de su situación epidemiológica particular y la estrategia sanitaria planificada.
Por último, se reitera que es fundamental que todos los trabajadores y trabajadoras tengan esquemas completos de vacunación y la o, las dosis, de refuerzo, teniendo en cuenta que es la mejor estrategia para disminuir la infección.