Se elimina el trámite para transferencias de embarcaciones y maquinarias
Las operaciones de constitución, transferencia y cancelación de derechos reales sobre bienes registrables serán más simples.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) anunció, mediante la Resolución General 5732/2025, la eliminación del “Certificado de Bienes Registrables” para operaciones vinculadas a embarcaciones y maquinarias autopropulsadas, como tractores, cosechadoras, grúas y equipos viales. Con esta decisión, queda sin efecto la Resolución General N° 2.762, que desde su creación exigía a los titulares presentar este certificado para inscribir transferencias o modificaciones de dominio.
Según informó el organismo, los avances tecnológicos y el acceso a bases de datos fiscales permiten verificar la situación impositiva y las operaciones sobre estos bienes sin necesidad de imponer trámites adicionales a los contribuyentes.
La nueva normativa responde a los lineamientos del Decreto 70/2023 y el Decreto 353/2025, que promueven la desregulación y la reducción de costos para ciudadanos y empresas. La medida se enmarca en el plan de desregulación y modernización administrativa del Estado Nacional.
El Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, expresó: “Esta resolución sigue la línea de la eliminación del CETA -autos usados- (RG 5505/24), y del COTI -inmuebles- (RG 5697/25). En los tres casos se exigía al contribuyente una información que ARCA ya obtiene de los registros correspondientes. La derogación elimina una exigencia administrativa sin sentido que duplicaba información ya disponible para el Estado”.