Resolución ENRE N° 297/2025: solicitud de acceso a la capacidad de transporte de energía eléctrica en Ramallo
Se trata de una presentación de TRANSENER, a pedido de SIDERSA.
A través del artículo 1 de la Resolución ENRE N° 297/2025, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad dio a publicidad la solicitud de acceso a la capacidad de transporte de energía eléctrica que TRANSENER presentó, a requerimiento de la empresa SIDERSA, para incorporar una nueva Planta de Fundición y Laminación de Acero.
La nueva Planta se vinculará a través de instalaciones de la empresa mediante una línea subterránea de 132 kV, de 4,4 km de longitud, desde la futura Estación Transformadora SIDERSA. que se instalará en las proximidades de la Localidad de San Nicolás, Provincia de Buenos Aires, hasta la Estación Transformadora Ramallo, jurisdicción de TRANSENER S.A., ubicada en la localidad de Ramallo, en la misma povincia.
Mediante el artículo 2 de dicha Resolución, el ENRE autorizó la ampliación menor que consiste en la construcción de un nuevo campo de 132 kV en la ET Ramallo, jurisdicción de TRANSENER S.A., la cual deberá incluir todos los equipos de maniobra, protecciones, control, medición y comunicaciones necesarios.
La difusión de esta solicitud se extiende por cinco días hábiles administrativos en los sitios web del ENRE y de CAMMESA. A partir de la última publicación efectuada, correrá un plazo de cinco días hábiles administrativos a fin de que quien lo considere procedente presente algún proyecto alternativo de acceso que optimice el funcionamiento técnico-económico del SADI, o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo.
En caso de que existiesen presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, el ENRE convocará a una audiencia pública para permitir a la empresa solicitante contestarlas y exponer sus argumentos. Una vez operado el vencimiento de los plazos señalados sin que se registre la presentación de oposición o de un proyecto alternativo, este Ente Nacional procederá a autorizar el acceso pedido
El solicitante deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos que TRANSENER, CAMMESA, y la Resolución SE N° 12/2025 dispusieron con el objeto de garantizar el correcto funcionamiento del SADI.