Resolución ENRE N° 218/2026: solicitud de acceso y ampliación de la capacidad de transporte de energía eléctrica en Mendoza
Difusión de una presentación de DISTROCUYO, a pedido de Luz del Campo, para la Etapa III del Parque Solar Fotovoltaico El Quemado.
A través de la Resolución ENRE N° 218/2026, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad da a publicidad las solicitudes de acceso a la capacidad —y de ampliación— de la capacidad de transporte de energía eléctrica que DISTROCUYO presentó a pedido de la empresa Luz del Campo para la Etapa III del Parque Solar Fotovoltaico El Quemado, de 105 MW adicionales, y ubicado en el Departamento de Las Heras, Provincia de Mendoza.
La obra de acceso apunta a la conexión de dicho parque solar al Sistema Argentino de Interconexión (SADI), en barras de 33 kV de la Estación Transformadora El Quemado de 220 / 33 kV, jurisdicción de DISTROCUYO.
La obra de ampliación, que depende del otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública correspondiente, consiste en la realización de las siguientes obras en la ET El Quemado:
- Construcción de un campo de 220 kV para transformador;
- Montaje de un tercer transformador de 220 / 33 kV de 125 MVA;
- Construcción de una tercer barra de 33 kV y de un tren de celdas adicional en 33 kV;
- Incorporación de un reactor de neutro artificial en la tercer barra de 33 kV.
La difusión de estas solicitudes se extiende por el plazo de cinco días hábiles administrativos en los sitios web del ENRE y de CAMMESA y de dos días en un diario de amplia difusión del lugar donde las obras vayan a realizarse, o que pueda verse afectado eléctricamente. A partir de la última publicación efectuada, correrá un plazo de diez días hábiles administrativos a fin de que quien lo considere procedente presente un proyecto alternativo de acceso que optimice el funcionamiento técnico-económico del SADI, o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo.
En caso de que existiesen presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios respecto del proyecto de acceso, el ENRE convocará a una audiencia pública para permitir a los solicitantes contestarlas y exponer sus argumentos. Una vez operado el vencimiento de los plazos señalados sin que se registre la presentación de oposición o de un proyecto alternativo, este Ente Nacional procederá a autorizar las obras requeridas, emitir el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública correspondiente a la ampliación, y a actualizar tanto el Registro Informativo de Accesos a la Capacidad de Transporte Existente como el Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y Distribución.
En su artículo 5, la Resolución ENRE N° 218/2026 establece que Luz del Campo deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos efectuados por TRANSENER, DISTROCUYO y CAMMESA.