Presidencia de la Nación

Recordatorio: Registro para Trámites a Distancia (TAD)

Obras Sociales y Prepagas


Se recuerda a las Obras Sociales, Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud y Entidades de Medicina Prepaga que deben registrarse para los Trámites a Distancia (TAD) de acuerdo al detalle del Anexo (adjunto) de la Resolución 381/2019 S.S.SALUD, publicada el pasado 24 de mayo en el Boletín Oficial.

Es fundamental la posterior comunicación del registro como USUARIO TAD al mail [email protected], indicando:

· CUIT

· Dirección electrónica declarada

· Usuario declarado

El registro de alta en la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) permite que la Superintendencia de Servicios de Salud envíe las notificaciones y comunicaciones correspondientes, en el marco de las Leyes Nº 23.660, 23.661, 26.682.

El cumplimiento del registro de alta en TAD debe realizarse en un plazo de 30 (treinta) días a partir de la fecha de la presente comunicación.


Descargas

Resolución 381/2019 S.S.SALUD (0.25 MB)

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Anexo (1.72 MB)

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