Presidencia de la Nación

Protección de la industria nacional de calentadores eléctricos de agua: se aplicó un derecho antidumping frente a importaciones originarias de China

DUMPING - CIERRE DE EXAMEN


El Ministerio de Desarrollo Productivo, a través de la Resolución N° 40/2022, estableció un arancel antidumping a las exportaciones de “Calentadores eléctricos de agua” originarios de China.

Mediante esta medida se fijó un derecho antidumping ad valorem definitivo de 131%, y a su vez, se aceptó el Compromiso de Precios presentado por las firmas productoras exportadoras WUHU MIDEA KITCHEN & BATH APPLIANCES MFG. CO. LTD; GUANGDONG VANWARD ELECTRIC CO. LTD y GUANGDONG GEMAKE ELECTRIC APPLIANCE CO. LTD.

Esta investigación fue solicitada ante la Subsecretaría de Política y Gestión Comercial (SSPyGC) a mediados de marzo de 2020 por la CÁMARA ARGENTINA DE FABRICANTES DE ARTEFACTOS DE GAS (CAFAGAS) y las principales industrias del sector. Las peticionantes fueron las firmas LONGVIE S.A.; ESKABE S.A.; RHEEM S.A. y ROTOPLAS ARGENTINA S.A, quienes tienen sus plantas productivas ubicadas en Paraná (Entre Ríos), San Martín (Buenos Aires), San Luis (San Luis) y Olivos (Buenos Aires), respectivamente, y algunas cuentan con más de un centenar de años de experiencia en la producción de dichos productos, como por ejemplo LONGVIE S.A., mientras que el resto son reconocidas empresas que llevan años en el mercado.

La oferta de calentadores eléctricos de agua en el mercado local está compuesta por diez firmas productoras nacionales, entre las cuales se encuentran las cuatro empresas peticionantes, que, en su conjunto, en el año 2020, dichas industrias argentinas abastecieron el 74% del consumo aparente. De acuerdo con la información provista por CAFAGAS, el resto de los productores nacionales se compone por las empresas ORBIS MERTIG, ECOTERMO, ESCORIAL, CABOSCH S.A., COPPENS S.A. y DOMEC, empresas que también se ven beneficiadas con la medida de protección adoptada.

La decisión ministerial plasmada en la norma, es resultado de una ardua investigación conjunta entre la Comisión Nacional de Comercio Exterior (CNCE) y la Dirección de Competencia Desleal (DCD) dependiente de la SSPyGC.

De esta manera, y durante 5 años, la industria nacional de calentadores eléctricos de agua se encuentra protegida al igual que los más de 200 trabajadores y trabajadoras que se emplean en su producción.

La protección de la industria nacional y con ella la defensa de sus puestos de trabajo es un pilar fundamental que permite fortalecer el entramado productivo y continuar en el camino del crecimiento a través del desarrollo de nuestras capacidades productivas.

Para mayor información, consultá el expediente

*Este instrumento se encuentra al alcance de todas las empresas argentinas que consideren que sus productos se enfrentan una situación de discriminación internacional de precios respecto a productos importados. Para conocer los requisitos y cuestiones formales a tener en cuenta, hacé click aquí

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