Presidencia de la Nación

Mecanismo simplificado para la ampliación de rubro y/o habilitación inicial para la importación o fabricación de productos médicos críticos relacionados a la pandemia por COVID-19

Se prorroga durante 60 días corridos el mecanismo de emergencia para la ampliación de rubro o habilitación inical de empresas de productos médicos.


Atendiendo a la emergencia sanitaria vigente y en el marco de la Resolución Conjunta 1/2020 del MINISTERIO DE SALUD Y MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, esta Administración Nacional por medio de la comunicación realizada el día 15 de abril estableció un mecanismo simplificado para aquellas empresas que importen o fabriquen productos médicos listados en la mencionada resolución y sus posteriores modificatorias, y reactivos de diagnóstico de uso in vitro para COVID-19, y deban realizar la ampliación de rubro y/o la habilitación inicial de la empresa.

Por medio de la presente se prorroga durante 60 días corridos, a partir de esta fecha, la posibilidad de utilizar el mecanismo de emergencia para la ampliación de rubro o habilitación inicial de empresas de productos médicos.

Las habilitaciones iniciales otorgadas por este mecanismo, tendrán vigencia hasta el último día hábil de diciembre del año en curso.

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