Presidencia de la Nación

Operaciones de concentración económica aprobadas en el mes de octubre

La CNDC aprobó sin condicionamientos nueve operaciones a lo largo del último mes


Durante el mes de octubre, la CNDC y la Secretaría de Comercio aprobaron sin condicionamientos las siguientes operaciones de concentración económica:

1) La firma LARTIRIGOYEN Y CÍA S.A. adquirió el 52,76% del capital social de la firma ALEA Y CÍA S.A. que se encontraba repartido entre los señores Hugo Osvaldo Visca, Guillermo Alberto Costa, Oscar Eduardo Carluccio, Paulino Javier Seoane, Andrés Agar Lockwood y Ignacio Enrique Zeni: La operación da lugar a relaciones horizontales en la comercialización de cereales y oleaginosas, y de una serie de insumos y servicios para el agro (acopio, semillas, agroquímicos y alimentos para rumiantes). La CNDC dictaminó que en ninguno de los mercados analizados se producen efectos preocupantes en lo que concierne a la competencia. La operación fue aprobada conforme el artículo 15 de la Ley N° 27.442.

2) Las empresas Amarilla Gas S.A. y Cañuelas Gas S.A. adquirieron ciertos activos vinculados al negocio de gas licuado de petróleo (GLP) de la firma Total Especialidades Argentina S.A.: La CNDC dictaminó que si bien la operación produce relaciones horizontales en las actividades de fraccionamiento, distribución y comercialización de GLP, sus efectos no generan preocupación en lo que respecta a la competencia. La operación fue aprobada conforme el artículo 15 de la Ley N° 27.442.

3) CMA CGM S.A. adquirió el control exclusivo del negocio de logística de contratos de la firma Ingram Micro Inc.: La operación genera un solapamiento en en el mercado de servicios de logística de contratos realizados por la unidad de negocios objeto y el grupo comprador en la Argentina. No obstante, en función de que la unidad consolidada pasaría a ostentar una participación de no más del 5% en la oferta nacional de servicios de logística de contratos, lo cual no despierta preocupación desde el punto de vista de la competencia, la operación fue aprobada el 4 de octubre por medio de la Resolución SC N° 27

4) Los Sres. Luciano Darío Bibulich y Ramiro José Bibulich adquirieron el 100% de las acciones de la firma Sodexo Argentina S.A.U.: El grupo comprador y la empresa objeto participan de la oferta de servicios de provisión de alimentos y de gestión de establecimientos. La operación genera un fortalecimiento marginal del grupo comprador en ambos mercados, que no reviste preocupación en lo que respecta a la competencia. Fue aprobada el 18 de octubre por medio de la Resolución SC N° 51

5) ALLIED UNIVERSAL TOPCO LLC adquirió el control exclusivo de la empresa G4S PLC e indirectamente en la Argentina, de las empresas G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A., G4S SERVICIOS DE SEGURIDAD S.A., G4S SOLUCIONES GLOBALES S.A., PROTECCIÓN E INVERSIONES S.A., G4S APPLIED SECURITY S.A., G4S CONTROL SYSTEMS S.A., G4S DETCON S.A., INDOMEGA S.A y MANAR S.A.: La CNDC encontró que las actividades desarrolladas por las empresas involucradas no evidencian relaciones económicas de tipo horizontal o vertical que pudieran generar cambios en las condiciones de competencia imperantes en los mercados afectados. La operación fue aprobada el 26 de octubre por medio de la Resolución SC N° 59

6) Fondos administrados por ISQUARED CAPITAL ADVISORS (US) LLC y fondos administrados por TDR CAPITAL LLC adquirieron la totalidad del capital social emitido y por emitir de AGGREKO PLC1: Se trata de una operación de conglomerado. La operación fue aprobada el 27 de octubre por medio de la Resolución SC N° 62

7) La empresa LHASSA S.A. adquirió acciones representativas del 66,67% del capital social y votos de JOSÉ CARTELLONE CONSTRUCCIONES CIVILES S.A.: La CNDC consideró que, en función de que los accionistas controlantes de la firma adquirente, LHASSA S.A., son miembros de la familia Cartellone, la operación notificada no implica una toma de control en los términos del artículo 7 de la Ley N.° 27.442, atento a que las empresas involucradas, en tiempo previo a la transacción, ya se encontraban bajo el control común de la familia Cartellone (padre, hijos y nietos) que en conjunto actúan como un Grupo de Control. La operación fue aprobada el 28 de octubre por medio de la Resolución SC N° 63

8) La empresa CVC TURISMO S.A.U. adquirió el 40% de las acciones de OLA S.A.: La empresa compradora ya ostentaba el control conjunto de la firma OLA, el cual había adquirido oportunamente a través de una operación que ya había sido notificada, analizada y aprobada sin condicionamientos por la CNDC. Esta operación implicó un cambio en la naturaleza de control de conjunto a exclusivo, no existiendo solapamientos horizontales ni integraciones verticales adicionales a los ya analizados en la concentración económica anterior. La operación fue aprobada el 31 de octubre por medio de la Resolución SC N° 65

9) Fusión de las empresas QM ASSET MANAGMENT S.G.F.C.I. S.A y MEGAINVER S.A.: Las empresas fusionadas administran y gerencian fondos de inversión, por lo que la operación produce una relación horizontal en los servicios de agente de colocación y distribución integral de fondos comunes de inversión. Dicha relación no despierta preocupación desde el punto de vista de la competencia, por lo que la operación fue aprobada el 31 de octubre por medio de la Resolución SC N° 66

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