Presidencia de la Nación

Nuevo régimen de autorización automática de Oferta Pública de acciones

Continuando con la simplificación de procesos y la flexibilización dentro de la operatoria del mercado de capitales, en línea con la desregulación que impulsa el Gobierno Nacional, el Directorio de la Comisión Nacional de Valores (CNV) llama a Consulta Pública mediante la RG N° 1065 para reglamentar la creación de dos nuevos regímenes especiales de oferta pública de acciones.

En línea con la propuesta de desburocratizar y quitar trámites innecesarios se pone en consulta pública una regulación específica para la Oferta Pública con autorización automática de acciones, lo que permitirá reducir sensiblemente los costos involucrados en el proceso de apertura del capital accionario.

Se simplifica, asimismo el trámite de acceso al régimen de oferta pública, incorporando DOS (2) regímenes especiales aplicables al ofrecimiento de acciones que, por su bajo o mediano impacto, puedan ser eximidos, total o parcialmente, de las obligaciones aplicables a los participantes en el régimen de oferta pública; pero que, a la vez, puedan ser considerados como ofertas públicas que cuenten con autorización automática de la Comisión.

El presidente de la CNV, Roberto E. Silva, destacó que “seguimos promoviendo y presentando regímenes simplificados aplicables a los distintos instrumentos financieros, con el objetivo de desarrollar el mercado de capitales en Argentina” y agregó que “ya hemos aprobado la oferta pública automática de ONs, Fideicomisos Financieros y Fondos Cerrados de Crédito, ahora impulsamos la flexibilización y simplificación del trámite de oferta pública automática de acciones”. Por último, resaltó que “estamos innovando y transformando el mercado de capitales de Argentina, generando mecanismos accesibles, sin burocracias innecesarias y con posibilidades para todos los actores, especialmente para los que recién se integran al mercado”.

En los supuestos de oferta pública con autorización automática por su bajo impacto que se propone si bien las Emisoras ingresarán al régimen de oferta pública, se prevé que aquellas que cumplan con las condiciones previstas para ser admitidas en el Régimen de Oferta Pública con Autorización Automática, estarán exceptuadas de acompañar la documentación necesaria para el ingreso de un emisor al Régimen General de Oferta Pública; no exigiéndose la presentación de Prospecto y tampoco se requerirá el cumplimiento de los Regímenes informativos aplicables, salvo respecto a los balances anuales.

En el caso que el emisor quiera ingresar al Régimen de Oferta Pública con Autorización Automática de mediano impacto deberá realizar el trámite de ingreso al régimen con menores exigencias, deberá presentar únicamente estados financieros anuales, aplicando las Resoluciones Técnicas vigentes que conforman las Normas Contables Profesionales Argentinas (NCPA) y sus interpretaciones, emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, como obligación informativa específicamente aplicables a dicho régimen.

Cualquier emisor que se encuentre en alguno de los otros regímenes de oferta pública, podrá acogerse al régimen de autorización automática de bajo o mediano impacto, cumpliendo con determinados requisitos previos para su traspaso.

La normativa propuesta no implica la renuncia de la CNV a su facultad y obligación de contralor, así como de protección del ahorro público y del público inversor, motivo por el cual el Organismo conservará facultades amplias respecto al cumplimiento de los requisitos dispuestos para las normativas antedichas.

RG 1065

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