Presidencia de la Nación

Nuevas medidas para la realización y pago de trámites

.

La Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN) ha definido una serie de medidas para la realización y pago de trámites. En tal sentido, respecto a los costos de los trámites de ARN y al Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección, ARN informa cuatro medidas importantes y de interés para los usuarios:

  1. Aquellos usuarios poseedores de Autorizaciones cuyo vencimiento haya estado comprendido dentro de las prórrogas otorgadas durante 2020 en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19 (autorizaciones con vencimientos del 18 de marzo al 31 de diciembre de 2020) y que deban abonar la renovación de sus Permisos o Licencias a partir de enero de 2021, podrán hacerlo con el valor correspondiente a la tasa regulatoria de 2020 ($10.225 la hora regulatoria). No se les cobrará intereses punitorios durante 2021, a fin de que puedan compensar los pagos durante todo el año (Resolución Nº 389/2020 de la ARN).

  2. Aquellos usuarios de Licencias Institucionales que tengan inconvenientes económicos y cuyas autorizaciones hayan sido prorrogadas durante 2020, podrán abonar el valor de su trámite en hasta tres cuotas mensuales y consecutivas (Resolución Nº 389/2020 de la ARN). Deberán solicitarlo mediante una nota firmada por el responsable legal de la empresa y enviarla al correo electrónico: [email protected]

Ambas medidas contempladas en la Resolución Nº 389/2020 consideran la situación de los usuarios en el contexto de la pandemia de COVID-19.

  1. Asimismo, los usuarios que tramiten Permisos Individuales se beneficiarán con un menor costo, debido a que se disminuyó la cantidad de horas regulatorias para determinar la tasa regulatoria para su emisión y renovación, como parte de la mejora en el proceso de estos trámites. Así, se actualizó el Régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección (Punto 10, Capítulo 5). Esta modificación se aplica sobre el valor de la tasa regulatoria establecido para el ejercicio 2021. (Resolución Nº 17/2021 de la ARN).

  2. Para el resto de los licenciatarios titulares de una autorización o permiso sujetos a regulación cuya tasa regulatoria exceda el 0,5% de sus ingresos podrán solicitar la reducción de esta, cumpliendo con los siguientes requisitos:

• Nota indicando explícitamente que desean ampararse en el artículo 26 de la Ley 24.804, firmada por el director o representante legal, justificando la razón por la cual no pueden abonar la tasa completa (detallar en cada nota el número de licencia de operación). Se debe presentar una nota por cada licencia por la que se solicite la reducción de la tasa, 60 días antes del día y mes que corresponda al vencimiento del permiso, todos los años que requieran esa reducción.

• No tener deudas con ARN.

Empresas privadas: certificación de los ingresos percibidos en el año fiscal anterior y certificado por Contador Público y por el Colegio de Contadores del lugar donde residan, con el fin de poder obtener la resultante del producto entre los ingresos y el 0,5% que indica el artículo 26.

Hospitales y Universidades públicos/as: copia del presupuesto o partida asignada que tienen (incisos 1, 2 y 3) para el servicio que esté solicitando la reducción, firmados por el responsable del sector (Planificación, Presupuesto, Contaduría, Tesorería, o Directorio), con el fin de poder obtener la resultante del producto entre el presupuesto asignado y el 0,5% que indica el artículo 26. Y copia del nombramiento del Directorio.

La Ley Nacional Nº 24804 de la Actividad Nuclear, en su Artículo 26, establece que “los licenciatarios titulares de una autorización o permiso, o personas jurídicas cuyas actividades están sujetas a la fiscalización de la Autoridad, abonarán anualmente y por adelantado, una tasa regulatoria a ser aprobada a través del Presupuesto General de la Nación”. El art. 26 prevé que el régimen de tasas por licenciamiento e inspección dictado por la ARN para estos licenciatarios específicos no puede exceder el 0,5% de los ingresos o indicador equivalente de la actividad sujeta a regulación del año fiscal anterior.

Para este año, ARN actualizó el valor de la hora regulatoria a $16.206,63, vigente del 1º de enero de 2021 y hasta el 31 de diciembre de 2021, según la Resolución Nº 361/2020, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina. Más información aquí

Para consultas, recordamos los canales de atención de ARN disponibles durante COVID-19.


Descargas

Resolución Nº 361/2020 (0.16 MB)

    Descargar archivo

Resolución Nº 389/2020 (0.16 MB)

    Descargar archivo

Resolución Nº 17/2021 (0.36 MB)

    Descargar archivo

MODIFICACIÓN DEL CAPÍTULO 5 – ANEXO RESOLUCIÓN DEL DIRECTORIO DE LA ARN N° 76/08 (0.3 MB)

    Descargar archivo
Scroll hacia arriba