Presidencia de la Nación

Nuevas medidas para agilizar la emisión y negociación de VNEI

La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó la Resolución General N° 1170, mediante la cual se introducen modificaciones en materia de emisión y negociación de Valores Negociables de Emisión Individual (VNEI), con el objeto de precisar el marco operativo aplicable a estos instrumentos.

El presidente de la CNV, Roberto E. Silva, destacó que “esta medida busca permitir a los inversores transferir a terceros VNEI impagos (entre ellos, pagarés) y registrar los cambios de titularidad a través de Caja de Valores, permitiéndoles desprenderse de tales instrumentos ante este tipo de escenarios. Seguimos trabajando para facilitarles la vida a los inversores”.

Con esta RG se determina el alcance de las excepciones previstas en la normativa vigente, que establece que los agentes no podrán revestir el carácter de emisores o libradores de VNEI, salvo en los supuestos expresamente previstos.

La nueva normativa dispone que el ALyC I Agro que, a su vez, posea matrícula de ACDI se encuentra igualmente exceptuado, pudiendo ser emisor de VNEI.

Finalmente, se precisa el alcance de las actividades afines o complementarias del Agente de Custodia, Registro y Pago (ACRyP), explicitando su facultad para prestar servicios destinados a registrar transferencias de VNEI, previamente negociados en un Mercado autorizado por la CNV, que se encuentren vencidos e impagos y bajo custodia de dicho agente, con el objeto de reflejar en sus registros los cambios de titularidad.

La aludida actividad afín o complementaria se presenta como una alternativa y solución ágil para los tenedores de VNEI vencidos e impagos, permitiendo mitigar los costos o plazos asociados a la gestión de su cobro.

Asimismo, con el propósito de incentivar el desarrollo de tal actividad afín o complementaria por parte del ACRyP, se establece que no resultará exigible a dicho agente el incremento del veinticinco por ciento (25%) del patrimonio neto mínimo requerido en la normativa vigente.

RG N°1170

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