Presidencia de la Nación

Nueva Multa impuesta a CLUB DEPORTIVO GODOY CRUZ ANTONIO TOMBA

Conforme lo dispuesto por la Resolución UIF N° 36 del 30 de junio de 2020, la UIF aplicó una sanción al Deportivo Godoy Cruz.

La Unidad de Información Financiera (UIF) aplicó una sanción al CLUB DEPORTIVO GODOY CRUZ ANTONIO TOMBA por incumplimientos a la normativa relativa a la prevención de los delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo, conforme lo dispuesto por la Resolución UIF N° 36 del 30 de junio de 2020.

Algunos de los incumplimientos verificados se relacionaban con transferencias de jugadores, irregularidades en procedimientos internos y la falta de conservación de la documentación de operaciones.

Así, se tuvieron por acreditados siete cargos por incumplimiento a la normativa aplicable de conformidad a lo establecido en la Ley N° 25.246. Los mismos consistieron en: (i) falta de realización de un plan de auditorías;(ii) falta de realización de un programa de capacitación,(iii) falta de documentación respaldatoria de operaciones y determinación del perfil de sus clientes personas humanas, (iv) falta de declaración jurada y cláusula de conocimiento de la Resolución UIF N° 32/2012 por parte de sus clientes que a su vez sean Sujetos Obligados ante la UIF, (v) falta de documentación respaldatoria de operaciones y determinación del perfil de sus clientes personas jurídicas, (vi) falta de identificación de personas expuestas políticamente (PEP), e (vii) incumplimiento a la obligación de consulta de listados de terroristas y/u organizaciones terroristas. A resultas del sumario se aplicaron sanciones pecuniarias a los sujetos imputados: (i) $234.460 a los miembros de la Comisión Directiva del Club que ejercieron funciones en el período 2008/2012 (ii) $55.540 a los miembros de la Comisión Directiva del Club que ejercieron funciones en el período 2013/2017, y (iii) $290.000 al CLUB DEPORTIVO GODOY CRUZ ANTONIO TOMBA.

La Unidad de Información Financiera continúa supervisando a Sujetos Obligados con el objeto de prevenir los delitos de Lavado de Activos e ilícitos precedentes.

Resolución UIF N° 36/2020

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