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Mayor transparencia en Fondos Comunes de Inversión Abiertos con la implementación de la Ficha Única

La Comisión Nacional de Valores (CNV) llama a consulta pública, mediante la RG N° 1106, en pos de robustecer la transparencia y en línea con la experiencia internacional, incorporando a la normativa vigente la elaboración de una Ficha Única por cada Fondo Común de Inversión (FCI).

En línea con los altos estándares internacionales, y en particular, con los objetivos y Principios de Regulación de Valores de la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO, por sus siglas en inglés), que establecen, entre otras cuestiones, la necesidad de asegurar una divulgación completa, precisa y oportuna de la información relevante para la toma de decisiones por parte de los inversores, así como el trato justo y equitativo de los mismos, se propone la implementación de la ficha única en Argentina.

La misma, es un documento que cuenta con información clave y accesible y que permite la comparabilidad entre fondos, a los efectos de facilitar el proceso de selección de los inversores entre los FCIs disponibles.

Asimismo, toma como referencia las herramientas utilizadas por la Unión Europea conocidas como Key Information Document (KID) y las regulaciones en esta materia ya implementadas en países de América Latina.

El presidente de la CNV, Roberto E. Silva, destacó que “en consulta pública esta medida que responde al compromiso de profundizar los estándares de transparencia y fomentar la competencia”, y agregó, que “única se encuentra como una excelente práctica a nivel internacional para ofrecer información clara y concisa al inversor y fortalecer la posibilidad comparativa de los diversos FCIs”.

La RG establece el modelo que deberán observar las Sociedades Gerentes para la confección de la Ficha Única, así como también el contenido mínimo que deberá reflejar, destacándose entre sus principales puntos la descripción del objetivo y política de inversión del FCI, perfil del inversor, información básica del FCI (entre ellos, denominación completa, número de registro ante CNV y fecha de inicio de operaciones, identificación de sus órganos, calificación de riesgo y benchmark, de corresponder, patrimonio neto, moneda del FCI, monto mínimo de suscripción, plazo de pago de rescates, tipo de renta, horizonte de inversión y fecha del reporte), indicadores de riesgo, composición de la cartera y tenencias principales, rendimiento histórico del Fondo, detalle de honorarios, gastos y comisiones, tratamiento impositivo aplicable y, en el caso de los Fondos Comunes de Dinero, enlace directo de acceso público al comparador de FCI disponible en el sitio web de la CAFCI. La publicación de la Ficha Única deberá cumplirse en forma mensual a través del sitio web de la Sociedad Gerente, quedando eximidos de tal obligación los FCI abiertos destinados a inversores calificados (artículo 7 bis de la Ley de Fondos Comunes de Inversión).

Además, los Agentes que intervengan en la colocación de las cuotapartes deberán cumplir con la publicidad de la Ficha Única, mediante la inclusión en los canales empleados para la comercialización un link de acceso al sitio web de la Sociedad Gerente donde ésta se encuentre disponible.

Cabe destacar que el documento de “Ficha Única” se utiliza en países de la región, como Brasil, Chile, Perú, Colombia y México, como así también en España y otros países de la Unión Europea.

La RG prevé un plazo de quince (15) días hábiles para que los participantes del mercado puedan presentar opiniones y/o propuestas, las que deberán efectuarse a través del sitio web.

RG N°1106

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