Presidencia de la Nación

La UIF fortalece el régimen de prevención del Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva

Mediante la Resolución UIF 3/2026, se establecieron y precisaron obligaciones, procedimientos y mecanismos operativos aplicables al reporte de operaciones sospechosas vinculadas con el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (FP), así como al Congelamiento Administrativo de Bienes y otros Activos, en el marco de las competencias legalmente asignadas a este organismo.

La resolución reglamenta aspectos operativos y procedimentales que deben observar los Sujetos Obligados en relación con la identificación, comunicación inmediata y tratamiento de operaciones vinculadas a personas humanas, personas jurídicas o entidades alcanzadas por sanciones financieras internacionales, así como en los supuestos previstos en el artículo 306, inciso f), del Código Penal.

Asimismo, dispone los plazos de reporte, los canales habilitados para la remisión de información, las medidas de inmovilización de activos y las obligaciones de confidencialidad, fortaleciendo los mecanismos de detección temprana, mitigación e interrupción de operatorias en el marco del Sistema de Prevención del Lavado de Activos, del Financiamiento del Terrorismo y del Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, conforme a los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina.

La Resolución UIF 3/2026 amplía el alcance operativo del régimen de Congelamiento Administrativo de Bienes y otros Activos, incorporando de manera expresa el Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva dentro de los supuestos que habilitan la detección, el reporte y la adopción inmediata de medidas de congelamiento de bienes y otros activos.

De este modo, las conductas ya tipificadas en el ordenamiento penal y alcanzadas por los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina se integran de forma explícita al esquema operativo, asegurando su tratamiento administrativo efectivo dentro del sistema preventivo.

Como consecuencia de su dictado, la Resolución UIF 3/2026 fue publicada el 8 de enero de 2026 en el Boletín Oficial de la República Argentina, adquiriendo vigencia a partir de esa fecha.

Acceso a Resolución UIF 3/2026

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