La Secretaría de Minería actualiza el canon que pagan empresas mineras
La Secretaría de Minería que conduce Fernanda Ávila estableció la actualización del canon anual que deben pagar las explotaciones mineras, tomando como medida el índice de inflación que publica el Indec, tras no modificarse los valores del mismo desde el año 2014, a través de la resolución 200/2023, publicada hoy en el Boletín Oficial.
La misma establece que el nuevo valor del canon según el artículo 215 será de $4.611,30 para “Sustancias de primera categoría”; $2.329,92 para “Sustancias de segunda categoría”; $23.493,36 para “Concesiones provisorias de exploración o cateo de 1 y 2 categoría”, además de un canon de $58,25 por kilómetro cuadrado.
Cabe destacar que, como parte del Código de Minería, las empresas concesionarias deben pagar un canon anual en pesos. El mismo es uno de los componentes menores de los ingresos que recibe el Estado por la minería, siendo el principal, las regalías provinciales, y, en menor medida, las retenciones de exportaciones para Nación e impuestos como Ingresos Brutos, Ganancias e IVA.
Para calcular el incremento del canon, la Dirección de Asuntos Federales Mineros dependiente de la Subsecretaría de Política Minera, elaboró un informe técnico tomando como base la variación interanual del índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Indec.
La presente medida firmada por la secretaria Ávila, según consta en el Boletín Oficial de la Nación, entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial y resultará de aplicación al período anual subsiguiente, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 3° de la Resolución N° 90 de fecha 11 de julio de 2023.
Finalmente, el valor anual, se aplicará en el ejercicio fiscal posterior a cada actualización, que la Secretaría publicará mediante una resolución y en su sitio web.