La ONC estableció las pautas de inscripción y validación de los interesados en participar de las subastas públicas realizadas en el marco de las privatizaciones.
El 29 de julio de 2026 se publicó en el Boletín Oficial la Disposición N° 52, de esta Oficina Nacional de Contrataciones, mediante la cual se estableció el procedimiento de inscripción y validación que deberán llevar a cabo los interesados en participar de las subastas públicas, tendientes a materializar las privatizaciones previstas en las Leyes Nros. 27.742 y 23.696, las cuales se desarrollarán a través de la plataforma SUBAST.AR.
En la referida medida, se dispuso que los interesados en participar en dichos procedimientos deberán previamente inscribirse en el módulo denominado “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696”, ingresando al sitio Web https://contratar.gob.ar/, conforme con el procedimiento de inscripción y validación aprobado por Disposición ONC N° 29/25.
Asimismo, estableció que quienes al momento del dictado de la Disposición ONC N° 52/26 ya se encuentren inscriptos en el Módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696”- según Disposición ONC N° 29/25- o como Concesionarios Ley N° 17.520- conforme Disposición ONC N° 84/24, podrán participar de las subastas públicas que se efectúen en el Sistema SUBAST.AR. y que se convoquen para materializar las privatizaciones previstas en las Leyes Nros. 27.742 y 23.696.
En los supuestos previstos en los párrafos precedentes, a los fines de utilizar el Sistema SUBAST.AR, los interesados deberán declararse también como oferentes en dicho sistema ingresando al siguiente enlace https://comprar.gob.ar/SubastaPublica.aspx.
Por otro lado, quienes se encuentren incorporados en el Sistema de Información de Proveedores (SIPRO), luego de realizada la inscripción y validación en el Módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696” del Sistema CONTRAT.AR, de conformidad con lo previsto en la Disposición ONC N° 29/25, se encontrarán eximidos de declararse como oferentes en la plataforma SUBAST.AR.
Finalmente, es importante destacar que el usuario declarado o que se declare como Administrador Legitimado en el Sistema SUBAST.AR y/o validado en el Sistema COMPR.AR deberá ser aquel designado y validado como tal en el Módulo “Privatizaciones Leyes Nros. 27.742 y 23.696” o como “Concesionarios Ley N° 17.520”, de la plataforma CONTRAT.AR, al momento de haber realizado la pertinente inscripción o la última actualización de información y/o documentación.