Presidencia de la Nación

La Intervención del ENRE resolvió la nulidad del nombramiento de directores durante el gobierno anterior

A raíz de la auditoria llevada a cabo por la Intervención desde marzo del 2020, se pudo verificar que los concursos por los cuales se designaron directores y directoras del Ente durante la gestión de la Alianza Cambiemos adolecieron de graves irregularidades que requieren su anulación.


En ejercicio del mandato dispuesto por el Presidente de la Nación mediante el Decreto N° 277/20, la Intervención del ENRE encaró a partir de marzo de 2020 una auditoría de técnica, jurídica y económica de la Revisión Tarifaria Integral y una revisión de los concursos de los miembros del Directorio del ENRE.

La revisión de los concursos arrojó como resultado que estos incurrieron en vicios graves que convirtieron esos actos en nulos de nulidad absoluta. Una de las irregularidades observadas es la falta de publicidad plena y una cuestionable transparencia durante los procedimientos, particularmente en la integración de los órganos de selección y la arbitraria modificación de criterios de elegibilidad.

Los criterios de objetividad e idoneidad técnica, así como la falta de vinculación con empresas del sector eléctrico resultan fundamentales para la selección de Directores y Directoras. En ese sentido, la conformación del Comité de Selección previsto por las Resoluciones MIN.E.M. Nº 205/17 y Nº 154/18, integrado por el “Consejo Consultivo de Políticas Energéticas”, cuerpo creado a partir de la Resolución MIN.E.M. Nº 164/16, resulta sumamente cuestionable, debido a que se encontraba integrado por el denominado Grupo de Ex-Secretarios de Energía que formaron parte de la DECLARACIÓN DE COMPROMISO asumida por la Alianza CAMBIEMOS en agosto del 2014.

Asimismo, se observó un manifiesto incumplimiento de las normas sustanciales relativas a la observancia de conflictos de intereses y ética en el ejercicio de la función pública en las designaciones llevadas a cabo.

En este sentido, el deber primario del funcionario público, según lo establece el Código de Ética, es el de lealtad con su país. Sin embargo, Andrés CHAMBOULEYRON, Ex Presidente del Directorio del ENRE, ha participado en arbitrajes internacionales en calidad de experto por diferentes demandantes contra la República Argentina, en la causa Azurix Corp. C. República Argentina (CIADI N° ARB/03/30) y Daimler Chrysler Financial Services AG c/República Argentina (CIADI N° ARB/05/1). Cabe mencionar que el Presidente Macri nombró como Vocal interino, durante el desarrollo de los concursos al Ingeniero Carlos Manuel BASTOS, quien participó y participa en arbitrajes internacionales en calidad de experto y testigo de demandantes contra la República Argentina, en la causa AES Corporation c. República Argentina, Caso CIADI Nº ARB/02/17. , la cual se encuentra en trámite a la actualidad y además intervino por la parte actora en varios precedentes en los que la Nación fuera demandada.

Por su parte, el procedimiento exige la intervención del Congreso Nacional y el artículo 59 de la Ley N° 24.065, regula este aspecto, ya que dispone que el Ejecutivo Nacional debe comunicar su decisión a una Comisión del Congreso de la Nación integrada por dieciséis (16) miembros, lo que no fue debidamente cumplimentado por el ex Presidente Macri, según las constancias de los expedientes.

En conclusión, los procedimientos de selección de candidatos y la posterior elevación de las ternas pertinentes, la falta de publicidad en la convocatoria del primer concurso, la arbitrariedad manifiesta llevada a cabo por la Administración en la integración de los comités de selección, la direccionalidad en los nombramientos y los arbitrarios cambios de criterio respecto de las aptitudes para el cargo de quienes luego fueron designados, entre otras cuestiones reseñadas en el pormenorizado informe de auditoría elaborado por la Intervención del ENRE, permite sostener que existieron manifiestas irregularidades en el procedimiento que tornan nulos dichos nombramientos.


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