Presidencia de la Nación

La CNV dispone la suspensión preventiva del agente ECO Valores S.A.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso hoy la suspensión preventiva del agente ECO VALORES S.A. a partir de la detección de un conjunto de operaciones que obedecen a una conducta elusiva y sistemática vinculada a la Resolución General N° 878/21 dictada por el organismo la semana pasada, en el marco de las competencias asignadas por la Ley N° 26.831.


El proceder operativo y comercial llevado adelante por ECO Valores S.A. reviste – prima facie – un riesgo subyacente para el público inversor, en atención a que su publicidad, facilidades de uso, utilización de fondos y apego a los requisitos de transparencia no resultarían adecuados a los estándares establecidos para el mercado de capitales.
La medida subsistirá hasta que los hechos sobrevinientes aconsejen la revisión de la misma, sin perjuicio del eventual ejercicio del poder administrativo sancionador por parte de este organismo.
La CNV ratifica -ante todos los sujetos controlados y regulados y ante el público inversor- su compromiso de impulsar el desarrollo de un mercado de capitales con buenas prácticas y una dinámica de inversiones que fortalezca el financiamiento genuino hacia los sectores productivos del país.

Resolución-medida preventiva de Eco Valores S.A

Información para inversores

La Comisión Nacional de Valores (CNV) recuerda a los inversores que durante la vigencia de la suspensión preventiva del agente Eco Valores S.A. los mercados estarán a cargo de la atención en el proceso de liquidación de las operaciones pendientes, así como de arbitrar los medios para atender los requerimientos de los clientes acerca de sus tenencias.Dicho procedimiento responde a lo indicado por el artículo 3° de la resolución RESFC-2021-20933-APN-DIR#CNV mediante la cual el Directorio del ente regulador tomó, el miércoles pasado, esa medida. La medida preventiva se dispuso a partir de la detección de un conjunto de operaciones que obedecen a una conducta elusiva y sistemática vinculada a la Resolución General N° 878/21 dictada por el organismo la semana pasada, en el marco de las competencias asignadas por la Ley N° 26.831.

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