Presidencia de la Nación

La CNEyDA recomendó la declaración de la emergencia agropecuaria nacional para Santa Fe, Corrientes, Chaco y Santiago del Estero

Se resolvió elevar al Secretario de Agroindustria Etchevehere la recomendación para declarar la emergencia agropecuaria nacional en las regiones afectadas. Se anunciaron nuevas medidas extraordinarias.


La Comisión Nacional de Emergencias y Desastre Agropecuario (CNEyDA) se reunió hoy para evaluar la situación de las provincias afectadas por la inundación y elevó al Secretario de Agroindustria, Luis Miguel Etchevehere, la recomendación de homologar la emergencia agropecuaria nacional en Santa Fe, Corrientes, Chaco y Santiago del Estero, que vieron afectadas su capacidad productiva e infraestructura.

El encuentro fue convocado por el Secretario de Agricultura Familiar, Coordinación y Desarrollo Territorial, Santiago Hardie, y el subsecretario de Coordinación Política, Hugo Rossi, se realizó en la sede de Agroindustria, y contó con la presencia de Etchevehere; el jefe de Gabinete, Santiago del Solar; del secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, Guillermo Bernaudo; del Presidente de Senasa, Ricardo Negri; del Administrador Federal de AFIP, Leandro Cuccioli; el vicegobernador de Chaco, Daniel Capitanich; los ministros de Producción de Santa Fe, Alicia Ciciliani; de Corrientes, Jorge Vara; de Chaco, Marcelo Repetto; y el director general de Agricultura y Ganadería de Santiago del Estero, Michelini Wilson.

"En los próximos días, y lo más rápido posible, vamos a homologar las declaraciones de emergencias de las cuatro provincias afectadas por las inundaciones", afirmó Etchevehere ante los miembros de la Comisión y los funcionarios provinciales presentes.

Sobre la situación, el secretario de Agroindustria comentó que "hay protocolos de la secretaría que están en marcha para encarar esta problemática. El Senasa flexibilizó desde el inicio el movimiento de hacienda, y contamos con mucha presencia territorial a través de esa entidad y de nuestros delegados de agricultura familiar e INTA que estuvieron y están en contacto permanente con autoridades y productores".

La ley de emergencias contempla la implementación de una prórroga del vencimiento del pago de los impuestos a las ganancias, a la ganancia mínima presunta, y a los bienes personales mientras dure el período de emergencia; activa el plan de emergencia estipulado en el programa permanente para deuda exigible (con un plazo de hasta 48 cuotas); suspende durante el plazo de la emergencia la iniciación de los juicios de ejecución fiscal para el cobro de los impuestos adeudados por los contribuyentes incluidos en el decreto; los juicios que estuvieran en trámite para el cobro de impuestos comprendidos en este artículo deberán paralizarse hasta el vencimiento del plazo fijado; y cuando se produzcan ventas forzosas de hacienda, se podrá deducir el 100% de los beneficios derivados de esas ventas en el impuesto a las ganancias.

Al mismo tiempo, Etchevehere informó como medidas extraordinarias la presentación de una línea de crédito a 5 años con 2 de bonificación del 50% de subsidio por parte de Agroindustria a la tasa vigente al momento de su solicitud. Por otro lado, le instruyó a la Dirección de Control Comercial Agropecuario tomar en consideración la situación de emergencia con relación a la autorización de faena de hacienda liviana mientras permanezca la contingencia climática.

También se aplican beneficios del Banco de la Nación para los productores afectados como la espera de vencimientos; suspensión de hasta 90 días de la iniciación de los juicios y procedimientos administrativos por cobros de deudas.

La AFIP presentó además una nueva medida dirigida a los productores en emergencia a quienes no se les practicarán retenciones del impuesto a las Ganancias más allá de su situación en el SISA.

Las cuatro provincias afectadas decretaron esta semana el estado de emergencia y/o desastre agropecuario con los siguientes detalles:

Santa Fe (Decreto Provincial Nº 047): desde el 10 de enero de 2019 hasta el 31 de agosto de 2019 a todas las explotaciones agropecuarias, afectadas por excesos de precipitaciones y anegamientos temporarios, que se encuentran ubicadas en los Departamentos de 9 de Julio, Vera, General Obligado y dos distritos de San Javier.

Corrientes (Decreto Provincial Nº 032): desde el 01 de enero de 2019 y por el término de seis meses para el sector agropecuario para todos los departamentos de la provincia, en sus zonas bajas, de lagunas, bañados y esteros y en los valles de inundación de los ríos interiores, riachos, arroyos y del río Uruguay.

Chaco (Decreto Provincial Nº 256): por 180 días, a partir del 15 de enero del 2019, prorrogable por el mismo término según evaluaciones para las actividades de agricultura, ganadería, sector forestal, apícola, turismo rural y otras, en forma nominativa a los productores agropecuarios, cuyas explotaciones han sido afectadas por los excesos hídricos.

Santiago del Estero (Decreto Provincial Nº 049): por el término de 12 meses a partir del mes de enero de 2019 pudiendo ser prorrogada por igual periodo para los departamentos de Mariano Moreno, Juan Felipe Ibarra, General Taboada y Manuel Belgrano afectados en forma directa por las inundaciones.

Del encuentro participaron además representantes del Banco Central; Banco de la Nación Argentina; Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda; Ministerio de Hacienda, Ministerio de Producción y Trabajo; INTA; Servicio Meteorológico Nacional (SMN); Confederaciones Rurales Argentinas (CRA); Sociedad Rural Argentina (SRA); CONINAGRO; Federación Agraria Argentina (FAA); de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y Federación de Organizaciones Nucleadas de la Agricultura Familiar (FONAF).

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