La autoridad local debe definir las salidas permitidas en función de su situación epidemiológica de COVID-19
La secretaria de Acceso a la Salud explicó que el Estado nacional es el que puede establecer una norma general para todo el territorio en cuanto a los permisos del aislamiento que luego cada jurisdicción puede habilitarlos o no y reglamentarlos.
Durante el reporte diario sobre el nuevo coronavirus, la secretaria de Acceso a la Salud, Carla Vizzotti, realizó algunas aclaraciones sobre el artículo 8 -dedicado a las salidas breves en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico - del decreto 408 publicado ayer en el Boletín Oficial que establece la prórroga hasta el 10 de mayo del aislamiento social, preventivo y obligatorio y nuevas consideraciones.
“Este permiso debe estar incorporado en una norma nacional ya que es el Estado nacional el que está definiendo las habilitaciones y las restricciones en todo el territorio”, afirmó Vizzotti, y agregó que “también la norma informa que cada autoridad jurisdiccional o local debe reglamentar y definir estas salidas en función de la situación epidemiológica y sanitaria, ya que cada jurisdicción tiene la potestad de habilitarlas o no”.
Además destacó que “estas salidas tienen una visión sanitaria, no son recreativas ni para hacer actividad física. Es una salida muy breve a menos de 500 metros del domicilio de como máximo una hora, sin utilizar transporte público, ni un vehículo particular y con la recomendación de usar tapa nariz, boca y mentón o barbijo casero para las personas que no han sido alcanzadas por las excepciones”.
Según el decreto, el país cuenta con una diversidad epidemiológica ya que el 62% de los departamentos del país no registran casos de COVID-19 y la totalidad de los casos confirmados se localizan en el 38% restante. “Es por eso que las autoridades locales deben evaluar la posibilidad o no de esas salidas breves y también tener en cuenta que casi el 50 % de la población vive en departamentos donde hay circulación y casos por lo que el riesgo puede ser más importante”, expresó la viceministra.
Respecto de la situación epidemiológica, el subsecretario de Estrategias Sanitarias, Alejandro Costa, informó que son 3.892 los casos confirmados (se incluyen 13 de las Islas Malvinas),
192 fallecidos y que la tasa de letalidad es 4,9 %. Además hay 151 personas internadas en terapia intensiva y 1.140 obtuvieron el alta.
También comentó que las provincias de Catamarca y Formosa no presentaron casos, mientras que San Juan, La Pampa y Chubut reportaron solo casos importados. Además Jujuy, La Pampa, San Juan y San Luis no tuvieron casos nuevos en los últimos 14 días.
El derecho a la salud en contextos de encierro
Durante el reporte, el coordinador del Programa de Salud en Contextos de Encierro, Guido Sintas, describió que el principal objetivo del programa es “mejorar el acceso da la salud de las personas privadas de la libertad como así también de quienes trabajan en unidades penitenciarias”.
El programa trabaja junto con los servicios penitenciarios federales y provinciales para articular con el sistema de salud pública, cuando se requiere alguna atención fuera de las unidades penitenciarias, y la capacitación tanto para los equipos de salud, los trabajadores y la población privada de la libertad.
En el marco de la pandemia de COVID-19 “el desafío fue adecuar las acciones que se llevan adelante en general al contexto de encierro que prevén qué hacer cuando una persona ingresa o egresa a una unidad penitencia y qué hacer ante caso un sospechoso o confirmado”, indicó Sintas. El coordinador también mencionó que se realizó un relevamiento exhaustivo de la población de riesgo.