Información para el trámite de incorporación de un código QR en envases secundarios
La circular entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ANMAT recuerda a todos los profesionales y empresas que, según lo establecido en la Disposición Nº 3294/2025, se debe incluir un código QR impreso en los envases secundarios de las especialidades medicinales de origen sintético o semisintético que permita el acceso inmediato a la información del prospecto a través de dispositivos móviles.
En esta línea, esta Administración Nacional aclara que aquellos prospectos que hayan sido aprobados en los últimos 24 meses (a partir de la entrada en vigencia de la presente circular) pueden generar su código QR sin la necesidad de realizar un trámite adicional.
De todos modos, esta medida no aplica para aquellos que requieran o tengan en curso una modificación en los ítems de seguridad en el marco de la Disposición Nº 3855/25.