IGJ desburocratiza el régimen registral de sociedades constituidas en el extranjero
La RG IGJ N° 4/2026 desburocatriza los requisitos de inscripción de sociedades extranjeras, ordena en un único cuerpo las exigencias aplicables a los artículos 118 y 123 de la Ley General de Sociedades, admite documentación digital del exterior y deroga 30 artículos que generaban costos y demoras sin función de control verificable.
La reforma surge de la consulta pública que la IGJ abrió a los usuarios del sistema mediante la RG 2/2026, sosteniendo el cambio de paradigma según el cual se escucha a la ciudadanía, quien propone mejoras regulatorias y no el organismo proponiendo la forma de hacer negocios. La nueva resolución elimina burocracia, exigencias formales que no añadían valor de control, y racionaliza la documentación que debe presentarse desde el extranjero para poder invertir en Argentina.
Entre los cambios más relevantes se destacan:
- Para la aceptación de cargo del representante legal, se admite firma digital o electrónica verificada por el dictaminante, o firma con sello profesional cuando el representante sea abogado o contador, eliminando la exigencia uniforme de certificación notarial.
- Documentación proveniente del exterior. Se admite la presentación en formato digital reproducido en soporte papel, debidamente apostilladas, verificándose integridad, trazabilidad e inalterabilidad a través de la apostilla.
- Estatutos y reformas. Se admite el texto ordenado actualizado certificado por la autoridad registral de origen, evitando la presentación reiterada de reformas ya consolidadas. De esta forma no es necesario que empresas que vienen a hacer negocios a Argentina tengan que gastar miles de dólares en fotocopias y traducciones que no cumplían ningún rol.
- Tramitación conjunta. Se permite ingresar simultáneamente la inscripción de la sociedad extranjera y la constitución de la sociedad local en la que participa, reduciendo plazos y duplicaciones.
- Estados contables. Se unifica el plazo de presentación en 120 días corridos posteriores al cierre del ejercicio.
- Cancelación voluntaria. Se ordena el procedimiento y se eliminan recaudos superpuestos con los ya cumplidos al momento de la inscripción.
- Jurisdicciones no cooperantes. Se preserva el criterio restrictivo para sociedades provenientes de jurisdicciones identificadas por el GAFI o consideradas no cooperantes a los fines de la transparencia fiscal, fortaleciendo la prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.
Alineación con estándares internacionales. La reforma sigue las recomendaciones de la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI/UNCITRAL), cuya Guía Legislativa sobre Creación de un Registro de Empresas propicia limitar los requisitos documentales a lo estrictamente necesario para identificar a la entidad y a sus representantes. Los registros societarios deben funcionar como ventanillas de habilitación ágiles, orientadas a la publicidad y a la certeza jurídica, y no como filtros de control previo de naturaleza discrecional.
Se trata de la cuarta resolución de la nueva gestión. Con la RG 4/2026 la Inspección General de Justicia consolida un proceso de reforma normativa iniciado con la simplificación de la inscripción de directores y la eliminación de exigencias innecesarias en materia de garantías (RG 1/2026). Al que luego se sumó la apertura de la consulta pública (RG 2/2026) y profundizado con la simplificación del régimen de administradores societarios (RG 3/2026).
Cada modificación responde a la verificación de que el requisito eliminado o flexibilizado no cumplía ninguna función útil de tutela que no estuviera ya satisfecha por otros medios, o imponía costos desproporcionados respecto del beneficio que generaba. Este es otro paso del proceso de reforma más amplio impulsado por el Gobierno Nacional y el Ministerio de Justicia a cargo del Dr. Juan Mahiques.
La consulta pública sigue abierta y se prorrogó un mes más. Ahora podés enviar tus aportes hasta el 26/06/2026. Cualquier persona puede acercar sus propuestas a través del sitio web de IGJ. La Inspección General de Justicia está comprometida con un proceso de mejora normativa continuo, transparente y participativo.
Un país que aspira a recibir inversión necesita un registro que verifique lo que la ley exige verificar, sin poner obstáculos que no cumplen ningún objetivo.