Presidencia de la Nación

Formulación de cargos contra TRANSENER, distribuidores, generadores, autogeneradores y grandes usuarios por el colapso del 16 de junio


Tras haber realizado los estudios correspondientes en base a presentaciones elaboradas por CAMMESA, agentes del mercado eléctrico, fiscales de Estados provinciales y la Facultad de Ingeniería de la Universidad de Buenos Aires, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad formuló cargos contra TRANSENER S.A. por las indisponibilidades registradas en junio de 2019. Entre ellas, las que provocaron el colapso del Sistema Argentino de Interconexión registrado el domingo 16.

Mediante la Resolución RESOL-2019-387-APN-DTEE#ENRE del Departamento de Transporte y Energía Eléctrica, se dispusieron cargos contra la mencionada transportista por incumplimientos del Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión, contenido en el Subanexo II-B de su Contrato de Concesión.

A través de la Resolución RESOL-2019-397-APN-DTEE#ENRE, el mismo Departamento formuló cargos contra distribuidores, grandes usuarios y autogeneradores por incumplimientos al Anexo 35 de los Procedimientos denominados "Reserva Instantánea y Esquema de Alivio de Cargas". El cálculo de los montos correspondientes se basa en la metodología establecida por Resolución ENRE N° 475/2002.

Por su parte, el Área de Análisis Regulatorio y Estudios Especiales formuló cargos contra los generadores que el 16 de junio agravaron el déficit de generación porque se desconectaron incorrectamente durante el proceso de disminución de la frecuencia. Lo hizo a través de la Resolución RESOL-2019-8-APN-ARYEE#ENRE, donde consta el incumplimiento del Procedimiento Técnico N° 4 --para la programación de la operación, el despacho de cargas y el cálculo de precios--- aprobados por la Resolución Nº 61/1992 de la entonces Secretaría de Energía Eléctrica y por normas modificatorias y complementarias.

Por último, el Área de Aplicación y Administración de Normas Regulatorias formuló cargos contra los generadores que el 16 de junio tuvieron inconvenientes con el arranque en negro. Lo hizo a través de la Resolución RESOL-2019-100-APN-AAYANR#ENRE, donde consta el incumplimiento de los Procedimientos Técnicos N° 10 y 16 --para la programación de la operación, el despacho de cargas y el cálculo de precios-- también aprobados por la Resolución SEE Nº 61/1992 y normas complementarias y modificatorias.

Una vez notificados los cargos por las Resoluciones mencionadas, las empresas tienen un plazo de diez días hábiles administrativos para efectuar sus descargos. Después de analizarlos, el Ente emitirá el informe final con los resultados de su evaluación, las medidas correctivas que se propondrán en función de las falencias detectadas, y las sanciones correspondientes.

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