Flexibilización de la emisión de ONs bajo el régimen Oferta Pública Automática para emisores que estén en el Régimen General
El Directorio de la Comisión Nacional de Valores (CNV), en el marco del proceso de modernización del mercado de capitales argentino que viene impulsando y en línea con la agenda de desburocratización del Gobierno Nacional, aprobó la Resolución General N°1117 mediante la cual se introducen modificaciones al Régimen de Oferta Pública con Autorización Automática para Obligaciones Negociables de Bajo y Mediano Impacto, con el objetivo de habilitar la participación de inversores minoristas al mismo.
La iniciativa se inscribe en el objetivo de adecuar las condiciones de participación en este tipo de emisiones cuando las mismas son realizadas por emisoras que ya se encuentran autorizadas a realizar oferta pública bajo el régimen general.
El presidente de la CNV, Roberto E. Silva, destacó que “con esta Resolución General damos un paso más en el proceso de modernización del mercado de capitales. La ampliación del Régimen de Oferta Pública con Autorización Automática para Obligaciones Negociables de Bajo y Mediano Impacto permitirá incorporar a inversores minoristas cuando esté garantizado el acceso a la información, ampliando las oportunidades de financiamiento y de inversión. Lo hacemos en línea con la agenda de desburocratización, simplificando procedimientos y reduciendo tiempos, pero manteniendo reglas claras y estándares adecuados de transparencia y protección al inversor”.
En particular, se establece que, en las emisiones comprendidas en los regímenes de autorización automática por su bajo o mediano impacto, efectuadas por emisoras que cuentan con autorización de oferta pública de obligaciones negociables o acciones bajo el régimen general -y que cumplen con el régimen informativo correspondiente- podrán participar en la colocación primaria y en la negociación secundaria inversores minoristas, sin limitación de número.
Esta modificación responde a que dichas emisoras se encuentran sujetas al cumplimiento del régimen informativo periódico y continúo previsto en la normativa vigente, así como a estándares completos de transparencia y supervisión, lo que garantiza la disponibilidad de información suficiente para el público inversor.