Presidencia de la Nación

Está vigente el DTV-e para el traslado de material de propagación

El emisor y el receptor son responsables solidarios de los movimientos ya que el primero emite el documento y el segundo deberá cerrarlo, una vez que reciba la carga.


Buenos Aires — Desde el jueves 14 de febrero, está vigente el uso del Documento de Tránsito Vegetal electrónico (DTV-e) para el traslado de todas las especies de material de propagación, micropropagación y/o multiplicación vegetal, establecida por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) en su Resolución Nº 27/2019, publicada en el Boletín Oficial el 15 de enero pasado.

La medida se refiere al material que se encuentra en desarrollo o en crecimiento, es decir, ya germinado o que forma parte de una planta, como por ejemplo portainjertos, varetas, yemas, esquejes, bulbos y plantines.

Quedan exceptuados de la obligatoriedad las semillas bótanicas y aquellos movimientos con destino a consumidor final que no salgan de la provincia, ni atraviesen barreras cuarentenarias, y cuenten con las siguientes características:

• Frutales y género Eucaliptus sp. hasta 5 unidades por especie trasladada.
• Plantas ornamentales –no incluye frutales– sin restricción de cantidad.
• Movimiento entre unidades productivas o comerciales que integren el mismo Registro Nacional Fitosanitario de Operadores de Material de Propagación, Micropropagación y/o Multiplicación Vegetal (RENFO).

Cabe aclarar que los materiales exceptuados del uso de este documento deberán en todos los casos estar amparados con remito y/o factura donde conste el número del Registro Nacional Fitosanitario de Operadores de Material de Propagación, Micropropagación y/o. Multiplicación Vegetal (RENFO) de origen.

El DTV-e es de uso obligatorio a partir de la Resolución Senasa N° 31/2015, y va incorporando su uso obligatorio a diferentes productos, subproductos y derivados de origen vegetal de manera gradual.

Quienes no cumplan con la reglamentación serán pasibles de las sanciones establecidas en el Capítulo 5º de la Ley N° 27.233 y de las medidas preventivas que pudieran adoptarse según la normativa dispuesta.

Se recuerda que el DTV-e se opera por autogestión a través del sistema informático Sig-DTV, disponible en el sitio web del Senasa. Tanto el emisor como el receptor son responsables solidarios de los movimientos ya que el destinatario debe cerrar los movimientos hacia su figura.

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