Presidencia de la Nación

El ENRE agiliza la tramitación de reclamos por facturación excesiva

El organismo implementó una nueva base de datos exclusiva para este tipo de error en la liquidación del servicio de distribución eléctrica en el AMBA.


Desde principios de diciembre, el ENRE emplea un procedimiento interno para tramitar los reclamos de usuarios residenciales de EDENOR y EDESUR por supuesta facturación excesiva del consumo eléctrico. La implementación permite identificar y resolver más rápido las denuncias de facturación de consumos llamativamente elevados, o que superan en un 75 por ciento el promedio de consumos históricos: se toma como referencia el mismo período en los dos años o doce meses anteriores según el consumo sea estacional o no estacional.

“Excesivo consumo particular” se denomina la nueva base de datos donde nuestros agentes de atención al público ingresan los reclamos que ameritan ser analizados como posibles casos de liquidación injustificada. La exclusión de otros tipos de objeciones a la facturación y de reclamos relativos a la medición (es muy poco probable que un medidor registre tamaño aumento de consumo en un solo bimestre) permite revertir con mayor celeridad el perjuicio que el cobro abusivo provoca en los usuarios.

Ante cada reclamo efectivamente tipificable como “Excesivo consumo particular”, nuestros agentes lo registran en la base de datos homónima y entregan al usuario –o le envían por correo postal si la denuncia fue presentada por carta o fax– una nota con el número del reclamo y con un texto explicativo sobre el procedimiento que se pone en marcha. Nuestro organismo genera un expediente de reclamo solamente cuando su resolución no satisface al usuario.

Verificada la legitimidad del reclamo, la distribuidora tiene quince días hábiles para resolverlo y para acreditar al usuario la bonificación en pesos equivalentes a la tarifa por 2.000 kWh, dispuesta en el punto 5.5.5 del Subanexo IV del Contrato de Concesión y, si correspondiera, demás bonificaciones estipuladas en los puntos 5.5.5.2 y 5.5.3.3 del mismo documento. En ese plazo, la empresa también debe informar el cumplimiento de dicho proceso de acreditación.

El ENRE evaluará semestralmente el cumplimiento de este nuevo procedimiento por parte de las distribuidoras. El organismo dará a conocer los resultados correspondientes en el informe de desempeño que también publica cada seis meses.

Importante. Para más información, por favor consultá nuestra Guía de Trámites.

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