El SPF fue autorizado a contratar un Seguro de Riesgos del Trabajo
El 24 de mayo de 2022, la Jefatura de Gabinete de Ministros aprobó la solicitud que había emitido la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal.
A través de la Decisión Administrativa 525/2022, firmada por el Jefe de Gabinete Juan Luis Manzur y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Martín Soria, la Jefatura de Gabinete de Ministros autorizó la orden de compra que había solicitado la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal para usufructuar la contratación del Seguro de Riesgos de Trabajo.
El antecedente de esta medida se había producido el 14 de julio de 2021, cuando se firmó un Convenio Interadministrativo entre la JGM y la firma PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SOCIEDAD ANÓNIMA para que las jurisdicciones y entidades celebren con el proveedor Provincia ART S.A la contratación del Seguro de Riesgos del Trabajo cuando así lo requieran.
La Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo establece que las jurisdicciones y entidades deberán contratar un seguro obligatorio, con el fin de amparar a sus dependientes frente a los posibles riesgos del trabajo, reparación de los daños derivados de los accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales contempladas en la normativa vigente.
El acuerdo firmado tiene como meta desarrollar el procedimiento de instrumentación, acciones y responsabilidades de las dependencias u organismos penitenciarios que deben intervenir en materia de accidentes de trabajo, o en aquellos que se produzcan camino al trabajo, así como los casos de enfermedades profesionales ante la Aseguradora de Riesgo del Trabajo contratada. En todas estas situaciones mencionadas, la ART tiene como obligación brindar todas las prestaciones que fija la Ley, tanto preventivas como monetarias, sociales y sanitarias.
Por otro lado, teniendo en cuenta que se comprende como enfermedades profesionales a todas aquellas producidas por causa del lugar o del tipo de trabajo, especificadas en el cuadro de Enfermedades Profesionales que elabora y revisa el Poder Ejecutivo Nacional Anualmente (Decretos N° 658/96, 659/96, 49/2014 y/o los que los reemplacen o modifiquen en el futuro), en ambos casos se brindará el asesoramiento y asistencia técnica en materia de prevención de riesgos.
Finalmente, en virtud del Convenio firmado en 2021, el mismo tendrá un plazo de duración de veinticuatro (24) meses, con opción a prórroga por un plazo de hasta doce (12) meses más.