Presidencia de la Nación

El RENCAP ante casos de discriminación en boliches de Tucumán y Río Negro


Entre las herramientas legales útiles para garantizar el respeto a la dignidad de las personas y sus derechos fundamentales las provincias cuentan con la Ley 26.370, recordó el director Nacional del Registro Nacional de Empresas y Trabajadores de Admisión y Permanencia en Eventos y Espectáculos de Entretenimiento de Público en general (RENCAP), Orlando Pulvirenti.

El funcionario dio detalles sobre esa norma frente al lamentable y repudiable incidente ocurrido en un local de diversión nocturna de Yerba Buena, en la provincia de Tucumán, donde el personal de acceso al mismo impidió el ingreso de una joven con una pierna amputada, en un claro caso de discriminación por su condición física.

Vigente desde 2009, la Ley 26.370 regula las condiciones de admisión y permanencia en espectáculos públicos y particularmente los requisitos de habilitación de las empresas y los trabajadores que desarrollan tales tareas, pero al no ser una facultad delegada por las provincias se requiere la expresa conformidad de éstas para que resulte aplicable en cada jurisdicción.

Tucumán adhirió a esa ley, pero nunca la publicó en el Boletín Oficial ni la reglamentó, lo que la hace inoperante en su ámbito.

A principios de este año Gimena Zelaya, una joven de 25 años, contó en las redes sociales el triste momento que le tocó pasar cuando encargados de seguridad pertenecientes a un bar-pub de la provincia de Tucumán la discriminaron porque está amputada y usa una prótesis producto de un accidente.

El caso tucumano se da en momentos en que la sociedad reclama pluralismo, igualdad y trato justo; y además plantea una profunda reflexión acerca de episodios de discriminación y violencia por motivos religiosos, étnicos, sexuales, socioeconómicos, de género o simplemente de condición física.

Así es como se suceden situaciones de exclusión que muchas veces no son denunciadas por las propias víctimas simplemente porque no identifican que están siendo discriminadas, porque no saben dónde acudir a radicar la denuncia o también muchas veces por miedo.

Qué dice la normativa

La Ley 26.370 determina condiciones fundamentales sobre el derecho de admisión y permanencia en espectáculos públicos y sobre el control y seguridad de locales de esparcimiento abiertos al público. Se enfoca sobre las cualidades, capacidades y formación de aquellos que brindan el servicio de admisión y permanencia, usualmente denominados “patovicas”.

De la misma manera establece de manera sencilla la obligatoriedad de que cada local indique las reglas objetivas para la admisión y permanencia, sin discriminación alguna y un régimen de identificación y registro que permite intercambiar información con otras jurisdicciones (para saber si quienes son contratados participaron de hechos de violencia o de discriminación), permitiendo una rápida individualización de quienes lo hicieran en cumplimiento de esas tareas.

Es decir que en el caso tucumano, si el local de Yerba Buena en donde sucedieron los hechos decidiera prescindir de los servicios del agente que discriminó a la joven de la pierna amputada, nada impide que esa misma persona sea contratada y reitere su conducta en otro establecimiento de la misma provincia o de otra.

Pero la disposición legal también tiene otro avance al proponer una clara distinción entre la seguridad policial y privada, de aquella que con características muy diferentes se exige cuando lo que se quiere es velar por el normal desarrollo de espectáculos públicos y la integridad física y moral de los concurrentes.

Esa circunstancia necesita de una preparación mínima en capacidades especiales de intervención. En síntesis, lo que se propone es abandonar un paradigma de confrontación y violencia y reemplazarlo por otro que detecte la posibilidad de conflicto, lo prevenga y disuada antes de que se desarrolle.

Se trata, al cabo, de conjurar respuestas violentas que en la mayoría de las ocasiones causan un daño mayor que el que puede ocasionar aquél que es repelido. De ese modo se arraiga una política destinada a ordenar a los empleados y empleadores y registrar su habilitación, imponiendo mínimos de capacitación, formación, preparación, control y de legalidad en la actividad con respeto a la garantía de derechos básicos de los concurrentes (no discriminación, por ejemplo).

La responsabilidad central en la tutela y control de los establecimientos nocturnos cuya problemática por cierto es más amplia, es municipal y luego provincial, pero no obstante ello, la Ley 26370 nacional brinda un marco general que es posible aprovechar y mejorar.

Ayuda a enfrentar uno de los inconvenientes que es la necesidad de una formación y conducta especial por parte de empresas y del personal de admisión y permanencia contratado.

El RENCAP siendo un Registro de segundo orden, cuenta con una base de datos sobre nóminas de empresas y trabajadores de control de admisión y permanencia, y de las empresas y trabajadores espectáculos; permite conocer y suministrar información pública que es brindada por las jurisdicciones adheridas a la Ley Nacional 26370.

Normativa vigente

Jurisdicciones adheridas y no adheridas

A su vez, permite efectuar denuncias por actos de discriminación, violencia o incumplimiento de las normativas a través del 0800-222-0080 (de lunes a viernes, de 7.00 a 18.00 horas) o mediante un formulario en línea.

Casos recientes

En el marco de una sociedad en lucha cultural por la igualdad de derechos y un nuevo paradigma de convivencia más justo, el caso de Gimena Zelaya, cobró relevancia cuando contó en las redes sociales el triste momento que vivió cuando encargados de seguridad pertenecientes a un bar-pub de la provincia de Tucumán la discriminaron porque está amputada y usa una prótesis producto de un accidente.

Según contó, al querer ingresar al local el personal de la puerta la detuvo y le preguntó si tenía invitación o si estaba en una lista. Gimena pidió mayores explicaciones y los hombres de seguridad sólo le dijeron que “no podés pasar por tu condición”. ¿Cuál era esa condición? Una pierna ortopédica.

Ante la difusión del caso los dueños del pub aseguraron que tomaron medidas "para que no vuelva a suceder".

En los últimos días también hubo un caso de ataque homofóbico en El Bolsón, provincia de Río Negro, tras un festival de diversidad sexual. Otro caso reciente de violencia que sufrieron gays, lesbianas y trans en un boliche, en el cual un grupo de personas con identidades disidentes fueron golpeadas y agredidas.

Un grupo de entre siete y diez jóvenes que habían asistido a la décima edición del Festival de la Diversidad festejaba el final del encuentro en un local bailable de dicha ciudad. Durante varias horas no hubo inconvenientes, todo cambió cuando dos de los integrantes se daban un beso.

Allí fueron increpados por algunos asistentes al lugar con actitudes de odio y discriminación, tanto agresiones verbales como físicas. Nadie los defendió y los encargados de seguridad empeoraron la situación. Los agredidos fueron acorralados y encerrados por los patovicas del establecimiento, que les arrojaron gas pimienta en la cara y los tiraron al piso para expulsarlos del lugar.

Los jóvenes radicaron la denuncia en la comisaría 12 de El Bolsón.

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