El Ministerio se ocupa de las seudo-cooperativas como mecanismos de evasión
La cartera laboral organizó la “Jornada de Trabajo: procedimiento inspectivo, administrativo y jurídico frente a seudo-cooperativas de trabajo” en la ciudad de General Roca, Río Negro, los días 5 y 6 de febrero en el marco del Plan Nacional de Registración del Trabajo (PNRT). Los ejes centrales fueron la fiscalización de cooperativas de trabajo, la detección de cooperativas de trabajo en fraude a la legislación laboral y el análisis de información previo a la fiscalización.
El director nacional de Fiscalización del Trabajo, Lic. Guillermo Zuccotti, en el marco del Plan Nacional de Registración del Trabajo (PNRT), asistió al cierre de la “Jornada de Trabajo: procedimiento inspectivo, administrativo y jurídico frente a seudo-cooperativas de trabajo”, organizada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación los días 5 y 6 de febrero en la ciudad de General Roca, Río Negro.
Dicha Jornada, que tuvo como ejes fundamentales de discusión la fiscalización de cooperativas de trabajo, la detección de cooperativas de trabajo en fraude a la legislación laboral y el análisis de información previo a la fiscalización, contó además con la presencia de: Ricardo A. Ledo, Secretario de Trabajo de la Provincia de Río Negro; Ricardo Fernández, Subsecretario de Trabajo de la Provincia de Neuquén; Dr. Roberto Marcelo Pedehontaa, Subsecretario de Trabajo de la Provincia de La Pampa; Dr. Sergio A. Madrid, Director de Asuntos Jurídicos y Técnicos de la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia de Mendoza; Cr. Jorge Barbona, Director Regional Neuquén; Fernando Daprotis, Jefe de la División de Fiscalización Preventiva de la Dirección Regional Neuquén -AFIP-DGI-; Antonio Palermiti, Gerente UDAI Gral. Roca -ANSES-;
Rubén Belich, Secretario General de la CGT -Río Negro-; y el Lic. Jorge H. Stopiello, Director Regional Austral del MTEySS.
Como cierre, se elaboró un documento de colaboración en donde quedaron asentadas las siguientes acciones: reforzar el accionar inspectivo en establecimientos donde se verifique la presencia de cooperativas de trabajo en violación a la normativa laboral vigente y desarrollar en conjunto una campaña de difusión tendiente a impedir el fraude laboral según lo establece el artículo 40 de la Ley N° 25.877, sin que ello implique desalentar el verdadero espíritu cooperativo impulsado por los principios del cooperativismo internacional. .