Presidencia de la Nación

El Inspector General de Justicia participó en la conmemoración de los 10 años de vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación y en el festejo por los 100 números de una prestigiosa revista jurídica

En su disertación se pronunció a favor de una amplia libertad de empresa y defendió la filosofía de la reforma introducida a la Ley General de Sociedades por la ley 26.994.

El Inspector general de Justicia, Daniel Roque Vítolo, participó como disertante en la Jornada conmemorativa de los 10 años de vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación y de los 100 números de la Revista de Derecho Privado y Comunitario. El evento tuvo lugar en el Paraninfo de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, en la ciudad de Santa Fe.

En el comienzo de la Jornada se rindió un emocionado homenaje también a la memoria de Julio César Rivera, fundador de la revista, quien falleció recientemente.

Acompañado por el Ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, y presidente de la Comisión Redactora del Código, Ricardo Luis Lorenzetti y de la integrante de dicha comisión y ex Presidenta de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Mendoza, Aída Kemelmajer de Carlucci, así como de diversos referentes del Derecho Privado, entre los que se encontraban Edgardo Saux, Enrique Müller y el editor de la revista, Isaac Rubinzal, presidente de la firma Rubinzal Culzoni, Vítolo se refirió en su conferencia, ante un número significativo de asistentes presenciales, y uno mayor de asistentes virtuales, sobre las ventajas y beneficios que la ley 26.994, que sancionó el Código Civil y Comercial de la Nación, en el año 2015, introdujo en el sistema societario argentino.

En el pensamiento de Vítolo, “la incorporación dispuesta por la reforma en la Sección IV, del Capítulo I, de la figura de la sociedad simple, libre o residual, según se la desee denominar, viene a transformar toda una sección sancionatoria e inconstitucional que contenía la ley 19.550 desde sus orígenes en el año 1972, que castigaba inexplicablemente, de una manera severa y arbitraria, a quienes no se hubieran sometido a las exigencias del legislador en materia de tipicidad y regularidad, o hubieren omitido constituir su sociedad comercial bajo la forma escrita”.

“La nueva redacción asignada a esa sección, por parte de la ley 26.994, así como la eliminación de sanciones para la atipicidad y la irregularidad societarias, ha convertido disposiciones legales que eran de mero castigo, en un canto de esperanza para emprendedores, creadores, y sujetos que, de la mano de las garantías constitucionales de libertad de comercio y de asociación para fines útiles, contribuyen a la producción e intercambio de bienes y servicios para el mercado, favoreciendo el crecimiento y progreso del país, en un marco de libertad y bajo un sistema razonable de responsabilidad. Y esto es algo para celebrar” señaló Vítolo.

Finalmente, el Inspector General destacó y elogió la esclarecedora labor doctrinaria llevada a cabo por medio de la Revista de Derecho Privado y Comunitario editada por Rubinzal Culzoni, a lo largo de más tres décadas .

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