El Inspector General de Justicia disertó en las XXIV Jornadas de Sindicatura Concursal organizadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba
“El Derecho Concursal del Siglo XXI requiere definiciones concretas sobre los valores y propósitos de las reestructuraciones de empresas en crisis”, afirmó Vítolo.
El Inspector General de Justicia, Daniel Roque Vítolo, participó como expositor en las XXIV Jornadas de Sindicatura Concursal organizadas por la Comisión de Sindicatura Concursal del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Córdoba, un tradicional evento académico que reúne anualmente a diversos referentes nacionales y locales vinculados con el desarrollo de los procedimientos de prevención y resolución de la insolvencia.
En esta oportunidad, la reunión tuvo naturaleza híbrida pues a la significativa concurrencia presencial, se sumaron más de un centenar de referentes del interior del país, quienes se conectaron a través de plataformas digitales para participar en el encuentro, el cual se desarrolló en dos jornadas consecutivas. Las deliberaciones fueron presididas por el Contador Raúl Nisman.
En su exposición Vítolo insistió en la idea de que la nueva legislación concursal que debe dictarse en estos nuevos tiempos de la Cuarta Revolución Industrial, debe contemplar mínimamente tres procesos diversos cuales son (i) un régimen básico y general destinado al tratamiento de las crisis de las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs); (ii) un régimen específico para el tratamiento de las crisis de grandes empresas y de aquellas sociedades autorizadas a hacer oferta pública de sus acciones y para cotizar en bolsa; y (iii) un mecanismo destinado al tratamiento del fenómeno del sobrendeudamiento de las personas humanas que no desarrollan actividad económica organizada bajo estructuras empresarias o o son titulares de un establecimiento comercial, industrial, agropecuario o de servicios.
Adicionalmente, Vítolo recordó la importancia de reconocer al Derecho Concursal como una disciplina que opera en situaciones de excepción, de donde debe disponerse la posibilidad de que sus principios, reglas y prácticas, puedan interferir en otras ramas del derecho, especialmente en el Derecho Societario y el Derecho del Trabajo.

Finalmente, el Inspector General abogó por el diseño legislativo de mecanismos simples, veloces, y efectivos, partiendo de la base de reconocer las realidades jurídicas, económicas y financieras que se presentan en los escenarios de crisis e insolvencia, de modo de encarar la implementación de procedimientos extrajudiciales y judiciales que rápidamente definan el escenario de los derechos de propiedad y de los bienes, contribuyendo a la recuperación de las empresas viables y a la rápida liquidación de aquellas que no lo son, sin generar distorsiones en el mercado.