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El INPI agiliza el registro de marcas con notificaciones electrónicas obligatorias

A partir del 1° de marzo de 2026, el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial implementó notificaciones electrónicas obligatorias en los trámites de marcas, eliminando el tiempo de espera de 30 días y permitiendo una gestión más ágil, simple y totalmente digital.

El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) implementó este 1 de marzo de 2026, un sistema de notificaciones electrónicas obligatorias para los trámites ante la Dirección Nacional de Marcas, con el objetivo de simplificar y acelerar los procedimientos.

La medida, establecida por la Resolución INPI N° 63/2026, elimina el tiempo de espera de 30 días que resultaba innecesario, permitiendo optimizar los tiempos de gestión en un entorno totalmente digital.

Desde la entrada en vigencia de la norma, las vistas, traslados y actos intermedios serán notificados en la sede electrónica del usuario, mientras que las resoluciones finales continuarán publicándose en el Boletín de Marcas. Los plazos comenzarán a computarse a partir del día siguiente a la notificación correspondiente.

Asimismo, los usuarios deberán actualizar o constituir su domicilio legal electrónico a través del Portal de Trámites del INPI, trámite que tendrá carácter de declaración jurada.

Con este cambio, el INPI avanza en la modernización del sistema de marcas, eliminando instancias que generaban demoras sin aportar valor al trámite.

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