Presidencia de la Nación

El Gobierno simplifica el régimen para sociedades extranjeras y busca facilitar inversiones en Argentina

La nueva normativa elimina una serie de requisitos considerados redundantes o excesivos y reorganiza el régimen registral para sociedades extranjeras que actúan en el país.

La Inspección General de Justicia (IGJ) aprobó una profunda reforma del régimen aplicable a sociedades constituidas en el extranjero, con el objetivo de simplificar trámites, reducir costos administrativos y facilitar la radicación de inversiones en la Argentina. La medida fue oficializada mediante la Resolución General 4/2026 y modifica distintos artículos de la Resolución General IGJ 15/2024.

Entre los principales cambios, se reducen exigencias documentales, se simplifican los procesos de inscripción previstos en los artículos 118 y 123 de la Ley General de Sociedades, y se habilita la presentación de documentación digital apostillada y de textos ordenados de estatutos vigentes, evitando trámites innecesarios y duplicación de información.

Además, la resolución unifica criterios para sociedades extranjeras que participen en empresas locales y para aquellas que operen mediante sucursales o representaciones permanentes, diferenciando únicamente los requisitos que la ley exige específicamente para cada modalidad. También se agilizan trámites vinculados al traslado de jurisdicción, cierre de sucursales, inscripción de representantes legales y cancelación de sociedades.

La IGJ destacó que la reforma surge a partir del proceso de Elaboración Participativa de Normas impulsado por el organismo, que permitió identificar obstáculos burocráticos, costos innecesarios y barreras de acceso a la economía formal para las sociedades extranjeras que buscan operar en el país.

El Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, sostuvo: “Argentina estaba enferma de trámites ridículos. Empresas con décadas de historia debían traer la documentación certificada de toda su trayectoria societaria. En algunos casos ese gasto —solo en fotocopias certificadas, apostillas y traducciones— podía superar los 100.000 dólares. No para operar. Solo para registrarse”.

Además, destacó que “la RG IGJ 4/2026 deroga el 67% del articulado del régimen anterior y deja únicamente los requisitos que la ley exige y los que tienen una función real de control”. También remarcó que “se admite documentación digital apostillada, se puede tramitar la inscripción de la empresa extranjera y la constitución de la sociedad local en un solo trámite simultáneo, y una empresa que quiere participar como socia en una sociedad argentina hoy tarda lo mismo que en cualquier país normal”.

En los fundamentos de la resolución, la IGJ remarcó que se busca eliminar exigencias que no cumplen funciones útiles de control o generan costos desproporcionados respecto del beneficio que producen. En ese sentido, la nueva medida mantiene los mecanismos vinculados a la identificación de beneficiarios finales, prevención del lavado de activos y validación de representantes legales.

La reforma también busca alinear el régimen argentino con estándares internacionales y recomendaciones de organismos especializados como la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI/UNCITRAL), promoviendo un sistema registral más claro, eficiente y homologable con otras jurisdicciones.

Con esta modificación, la IGJ apunta a fortalecer la seguridad jurídica, mejorar la competitividad de la Argentina como destino de inversión extranjera y avanzar en un esquema registral más moderno, ágil y orientado a facilitar el desarrollo de actividades económicas formales.

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