Presidencia de la Nación

El Gobierno Nacional reglamentó el Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia de Salud

PROMESA fue creado para agilizar la resolución de los conflictos vinculados a la salud. Funcionará como una alternativa, rápida y menos costosa de resolver disputas relacionadas al acceso a prestaciones sin necesidad de ir a juicio.

A través del Decreto 379/2025 publicado el 4 de junio pasado, el Gobierno nacional creó el Procedimiento de Mediación Prejudicial en Materia de Salud (PROMESA) con el objetivo de ofrecer a los ciudadanos una alternativa para la resolución de los conflictos de salud, que propicie el acercamiento entre las partes y que permita lograr una solución ágil y efectiva, sin necesidad de ir a juicio.

Esta herramienta, que entrará en vigencia el próximo 2 de septiembre y fue reglamentada hoy con la Resolución conjunta 1/2025, fue pensada como respuesta al aumento de la judicialización de los reclamos de los usuarios del sistema de salud registrado en los últimos años. A partir de la nueva medida, los Agentes del Seguro de Salud y las Entidades de Medicina Prepaga también podrán pedir la mediación con el beneficiario en caso de que lo crea necesario.

La reglamentación, además, detalla y aprueba documentos necesarios para el correcto funcionamiento de PROMESA como la “Capacitación básica para la habilitación de mediados en materia de salud”, la “Capacitación continua para la habilitación de mediadores en materia de salud”, las “Pautas para la acreditación del examen de idoneidad técnica” y las “Pautas para el monitoreo periódico” del Procedimiento.

Por otra parte, la resolución invita a otras entidades que brinden servicios de salud y que no se encuentren comprendidas por las leyes 23.660, 23.661 y 26.682 a adherir voluntariamente al PROMESA. Esto significa que los beneficiarios de Obras Sociales provinciales o de regímenes especiales también podrán acudir a este Procedimiento en caso de que su entidad adhiera.

Asimismo, se detalla que podrá existir derivaciones judiciales al PROMESA. Esto significa que, en el marco de una acción judicial en materia de salud, el magistrado interviniente, ya sea de oficio o a pedido de parte, y en cualquier estado del proceso podrá derivar el caso para su sustanciación en el marco del PROMESA. Esta decisión se tomará de acuerdo con las circunstancias de la causa y el consentimiento de quien haya iniciado la demanda.

Este Procedimiento se instrumentará a través de una colaboración activa entre los Ministerios de Justicia y de Salud de la Nación, y la Superintendencia de Servicios de Salud, que buscarán descongestionar el sistema judicial y garantizar a los ciudadanos un acceso más eficiente de las prestaciones médicas.

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